Ideas
Su casa no es suya, es de la Muni
¿Se le puede llamar propiedad privada a lo que uno ya compró, pero que el gobierno lo grava con más impuestos por toda la eternidad?
Las modificaciones al IUSI siguen avanzando en el Congreso, a pesar de la oposición de muchos alcaldes, diputados e incluso de la Junta Directiva del Congreso. Pero el problema moral de fondo no es si la tasa debe bajar del nueve al tres por millar, sino si se le puede llamar propiedad privada a lo que uno ya compró, pero que el Gobierno lo grava con más impuestos por toda la eternidad. Y todavía le dicen con descaro que si no puede pagar el impuesto, pues que venda la propiedad para pagarlo. ¡Qué de al pelo!
La propiedad no es un privilegio que el Gobierno concede; es el fundamento sobre el que descansa toda acción humana libre.
El dinero que un guatemalteco usa para comprar un inmueble provino, en algún punto, de su trabajo o de su empresa. Sobre ese ingreso ya pagó ISR, IVA y cuanto tributo el Gobierno interpuso en su camino. Al comprar la propiedad, volvió a pagar: IVA, derechos de registro, timbres. Y, aún así, año tras año, el IUSI le recuerda que la propiedad no es suya del todo: es suya mientras pague la renta al Gobierno. Si no paga, el Estado puede ejecutar el bien. Eso no es propiedad privada. Es un usufructo condicionado al pago de un tributo que nunca termina. Es una hipoteca eterna que seguirán pagando sus tataranietos.
Sin propiedad privada genuina no hay cálculo económico posible, ni mercado real, ni libertad individual sostenible. La propiedad no es un privilegio que el Gobierno concede; es el fundamento sobre el que descansa toda acción humana libre. Un impuesto recurrente sobre el patrimonio —no sobre una transacción ni sobre un ingreso, sino sobre la mera existencia del bien— erosiona ese fundamento. El verdadero costo del IUSI es la sustitución gradual de la propiedad plena por una cuasipropiedad condicionada al Gobierno.
La pérdida del IUSI aterra a los alcaldes, pero el terror fiscal no es argumento para mantener un impuesto injusto e inconstitucional. Es argumento para reformar el modelo de financiamiento municipal, de regreso al cobro real de servicios —¿cómo cree que se financiaban antes de que existiera el IUSI?— no para perpetuar un tributo que convierte al propietario en arrendatario del Gobierno.
Estamos claros que a los diputados no les interesa reducir, mucho menos eliminar, el IUSI por cuestión de principios. No. Su objetivo más probable son los comicios de 2027. El beneficio electoral es visible e inmediato: baja de impuestos para propietarios, especialmente en el departamento de Guatemala, donde se concentra el 77% de la recaudación. Los costos son diferidos, difusos e invisibles para el votante medio.
Pero que los motivos sean electorales no hace la reforma incorrecta. Hace al ciudadano responsable de exigir que sea completa y coherente, no cosmética. Que no le den atole con el dedo los diputados. Si es bueno quitarles el IUSI a las personas que están pagando la hipoteca y a los mayores de 60 años, es bueno también para todos los demás.
¿Por qué los municipios dependen financieramente de un impuesto patrimonial? La respuesta histórica radica en la pereza administrativa y la conveniencia política. Resulta más fácil confiscar patrimonio que cobrar precios reales por los servicios. Esta perversa estructura rompe el vínculo natural entre el costo y el precio. Elimina todo incentivo para mejorar la eficiencia y la calidad del servicio municipal.
La meta correcta es la eliminación del IUSI, acompañada de una reforma al financiamiento municipal que cobre los servicios a precio real. Es una obligación constitucional que lleva décadas postergada. Ciertamente, la reducción al tres por millar es preferible a la inacción, pero esta no le quita lo moralmente repudiable al IUSI. La propiedad privada no es una concesión estatal revocable cada enero cuando vence el IUSI. Es un derecho. Y los derechos no se cobran por año. La propiedad no es una concesión del poder. Es un límite al poder.