EDITORIAL
Reguladores de velocidad corren y van de nuevo
La instalación de reguladores solo atiende una parte del problema.
En septiembre del 2016, el Congreso aprobó la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, la cual establecía en su segundo artículo la obligatoriedad de instalar un dispositivo regulador de velocidad en autobuses, camiones y tráileres. Hubo múltiples objeciones referentes al costo de los aparatos, aunque, en realidad, la molestia de fondo era, evidentemente, no poder seguir corriendo sin control por las carreteras del país. También se fijaban multas a ciertas prácticas temerarias de conductores que alcanzaban los Q25 mil.
Sin embargo, dicha ley no cobró vigencia plena sino hasta tres años después, cuando se creó el reglamento de aplicación, que motivó de nuevo caravanas de protesta, bloqueos y amenazas de paralizar el país. En todo caso, muchos autobuses afiliados a la Gremial de Transporte Extraurbano de Pasajeros cumplieron con el requisito, pero una gran mayoría, no. Entre impunidades y pretextos, así como directores timoratos o convenencieros, la aplicación de la norma se fue quedando en una penumbra que ha resultado ser trágica.
En el 2020 se estableció la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil a terceros para el transporte urbano y de carga, pero después de varias prórrogas, en el 2022, durante la presidencia de Alejandro Giammattei Falla, se derogó el acuerdo. Se desconocen las consideraciones, o más bien las desconsideraciones, que llevaron a tal decisión. Sin embargo, los percances viales protagonizados por vehículos de pasajeros o transporte pesado han proseguido, debido a un sinfín de factores. La velocidad es uno, pero también hay fallas mecánicas por mantenimiento deficiente, conductas imprudentes —como la competencia por pasaje—, inexperiencia, cansancio, o también uso de sustancias.
La instalación de reguladores solo atiende una parte del problema. La Dirección General de Transportes analiza elevar el monto de las multas vigentes por transgresiones al reglamento. El reto es cómo se aplicará el monitoreo constante y generalizado para constatar el cumplimiento de la norma. Existe la cancelación de licencia de conducir como medida, pero el mismo reglamento fija como condición que para ello exista una sentencia firme, lo cual, con un sistema de justicia tan parsimonioso, resulta ser de muy poco consuelo. Basta ver la ridícula tardanza de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia para elegir un presidente, todo por privilegiar sus intereses personales y no el bien común.
También es pertinente señalar que se necesita un diálogo serio, ojalá público, en busca de consensos entre el sector de transportistas —de todas las especialidades— para encontrar vías funcionales, eficaces y factibles para mejorar la seguridad vial. El desafío es enorme, pues implica la confluencia de responsabilidades personales, empresariales e institucionales. Las pérdidas materiales son incomparablemente menores a la pérdida de vidas en este tipo de sucesos. Quienes sobreviven, a menudo padecen discapacidades que marcan y limitan de por vida, lo cual implica una gran injusticia, pues tales sufrimientos llegan por el solo hecho de haber abordado un transporte colectivo.
Apenas el 2 de enero último, en los albores del 2026, se produjo otro accidente en la bajada de ingreso a Salamá, Baja Verapaz: un bus se quedó sin frenos y terminó volcado, con cauda de dos fallecidos y 20 heridos. Tales fallas no ocurren de la noche a la mañana, se van gestando con el descuido, “ahorros” y falta de controles. Por cierto, el 15 de febrero vence el plazo para presentar certificados de “funcionalidad” de buses emitidos por cualquier taller. Suena irrisorio.