Política

|

Suscriptores

Verificamos por usted: ¿La asistencia de un ministro a citaciones puede obstaculizar el funcionamiento de la cartera?

La asistencia de un ministro a una citación no deja la cartera acéfala, ya que hay otros funcionarios que pueden atender los asuntos que son competencia del ministerio.

La Corte de Constitucionalidad (CC) recién brindó una opinión en la que resta autoridad a los diputados para fiscalizar a funcionarios estatales. El pronunciamiento se realizó derivado de una opinión consultiva que planteó el presidente de la República y, según expertos, limita la facultad de los parlamentarios de citar a ministros y demás servidores públicos para que rindan cuentas.

En atención a dudas planteadas por el presidente Alejandro Giammattei, los magistrados de la CC expusieron el pasado jueves su postura sobre los alcances del artículo 168 de la Constitución Política de la República, el cual establece el deber de empleados públicos de acudir al Congreso e informar sobre asuntos de su competencia cuando sean requeridos por parlamentarios.

El máximo tribunal consideró que para que las comisiones de trabajo del Legislativo puedan citar a funcionarios deben cumplir con un quorum del 25 por ciento de sus miembros. De lo contrario, el ministro puede retirarse. La corte también aclaró que el funcionario puede evadir las preguntas si son ajenas a sus atribuciones o al objeto de la citación.

La petición del presidente para que la Corte se pronunciara sobre la obligación constitucional de rendir cuentas se deriva de una serie de quejas que planteó el gobierno respecto a que las múltiples citaciones hechas por congresistas.

Pero los reclamos no iniciaron en este gobierno. Las anteriores administraciones también expresado su molestia con los diputados, a quienes señalan de abusar de su derecho de citar a funcionarios con el único fin de desacreditarlos y obstaculizar el funcionamiento de la cartera.

ESCRITO POR: