Política

Amnistía Internacional: “Esta ley es un síntoma de un grave retroceso”

Amnistía Internacional advierte que en el país se está legislando en contra de derechos humanos fundamentales.

protestas contra ley 5272

En el Parque Central de la ciudad de Guatemala activistas protestan contra la Ley para la Protección de la Vida y la Familia. (Foto Prensa Libre: Érick Ávila)

La ley 18-2022, Ley para la Protección de la Vida y la Familia encendió alarmas, incluso fuera de Guatemala, por el impacto directo a los derechos humanos. Amnistía Internacional es una de estas entidades que puso sus reflectores sobre el país.

Erika Guevara, directora para las Américas de Amnistía Internacional, desde México, compartió con Prensa Libre el daño que podría hacer que un Congreso concentre esfuerzos en legislar sobre estos temas.

¿La aprobación en el Congreso de esta ley 18-2022 se puede entender como un antes y un después en materia de Derechos Humanos en Guatemala, o han sido cambios progresivos? 

Esta ley que ha sido aprobada por el Congreso y que además se atreve a llamarse Ley para la Protección de la Vida y la Familia, que hace todo lo contrario, no protege ni la vida ni protege los derechos humanos de las personas a tener una familia en la concepción que incluye las normas internacionales en materia de Derechos Humanos; esta ley es un síntoma de un grave retroceso, de una grave regresión que estamos viendo en materia de Derechos Humanos en todo el continente, pero particularmente en Guatemala. 

En los últimos años hemos estado documentando graves situaciones que violentan los derechos humanos de las personas en todo el país, que va desde los ataques y la violencia perpetrada en contra de personas defensoras de los derechos humanos o personas impartidoras de Justicia hasta estos ataques desmedidos en contra de grupos de población históricamente marginalizados, que incluyen los pueblos indígenas, las mujeres, las niñas, las personas LGTBI y más y otros grupos de población que lamentablemente siguen estando sujetos a violaciones a los derechos humanos en la protección del Estado.  

Esta ley es una ley discriminatoria que fomenta el odio y pone en peligro la vida de miles de personas. Vulnera los derechos humanos de miles de personas y además es una ley que genera un nefasto precedente, no solo para Guatemala, sino para nuestra región, una región que mientras vemos el avance en progresión en materia de derechos humanos, particularmente de derechos sexuales y reproductivos en algunos países, como recientemente en México y Colombia con la despenalización del aborto, también vemos un ataque.  

Le puede interesar: “¿Cuántos diputados van por su tercer matrimonio?”: Congreso debate sobre la ley de la familia

Esta ley en particular es peligrosa porque, en primer lugar, criminaliza no solo los abortos en la terminación voluntaria del embarazo, sino los abortos espontáneos. La propia ley establece en su definición que un aborto es también la terminación del embarazo de forma natural, quiere decir que cualquier mujer que tenga una complicación obstétrica durante el embarazo y por ende pierda el producto de su embarazo es un aborto espontáneo, como médicamente puede suceder y también será criminalizada y sujeta a una sanción penal, también criminaliza a las personas LGTBI, prohibiendo la posibilidad del matrimonio igualitario, que ha sido una de las grandes reivindicaciones de las personas LGTBI y por muchos años en todo el continente. 

Pero, además, y muy importante, legaliza la discriminación, el odio en contra de las personas LGTBI, porque elimina cualquier sanción a personas que discriminen en contra de la población. 

Esta ley limita algunos derechos sexuales y reproductivos y castiga a la diversidad de género. ¿Esto se debe entender como una afrenta a los derechos humanos según el marco jurídico internacional? 

Transgrede todas las normas internacionales en materia de protección de derechos humanos. Los principios más básicos de proteger a las personas en contra de la discriminación, de la violencia de las obligaciones internacionales de Guatemala en materia de derechos humanos de las mujeres, de las niñas, de las personas LGTBI y el derecho a la niñez y a la infancia, a las niñas, niños y adolescentes de recibir una educación integral en sexualidad, que ha sido reconocida por estándares internacionales a través de diferentes convenciones de las cuales Guatemala ha firmado y ratificado y, por ende, está obligada a cumplir.  

“Hay que recordar que Guatemala es uno de los países que enfrentan los peores índices de violencia sexual en contra de niñas, niños y adolescentes”

¿Que pierde un país como Guatemala cuando hay una corriente que discute el derecho al aborto legal en América Latina, que están tratando de abrir esos espacios, y en cambio, países como Guatemala están legislando en contra de esto?  

Pierde la posibilidad de que su población pueda ejercer sus derechos humanos fundamentales. Guatemala pierde la oportunidad de unirse a una serie de acciones en progreso de los derechos humanos; con esta ley nos demuestra que el Congreso está enfocado en violentar los derechos humanos de las personas en Guatemala en lugar de estar estableciendo leyes y mecanismos de rendición de cuentas a los órganos del Estado para que cumplan con sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos con tantísimos desafíos, con las múltiples crisis de derechos humanos que enfrenta Guatemala.  

Vemos con gran preocupación, es perturbador que el Congreso gaste tiempo y energía en leyes discriminatorias que violentan los derechos humanos, en lugar de estar atendiendo los temas más urgentes y emergentes en la agenda de derechos humanos. Hay que recordar que Guatemala es uno de los países que enfrentan los peores índices de violencia sexual en contra de niñas, niños y adolescentes frentes que conocemos por las propias cifras del Estado y las cifras recolectadas por organizaciones de la sociedad civil que hay más de 65 mil abortos clandestinos al año. Quiere decir que las mujeres y las niñas están arriesgando su vida, pero que además son alrededor de 65 mil embarazos de niñas y adolescentes entre los 10 y los 19 años, los que ocurren cada año y estas estadísticas son síntomas que te muestran un contexto en donde los derechos humanos de las personas no han estado en el centro de la legislación ni de las políticas públicas. 

Le puede interesar: “No se puede aprobar así como está”: Los cambios que propone la Asociación la Familia Importa a la iniciativa 5272

También tipifica esta ley un modelo de familia nuclear muy estrecho, dejando fuera incluso a padres solteros que por diferentes circunstancias están así ¿cuál podría ser el efecto directo en las relaciones sociales, incluso en la niñez que crecen estos círculos, al negar la existencia legal de estos? 

Niega una realidad, es decir, fomenta esta discriminación en contra de familias monoparentales, familias, sobre todo de mujeres madres que tienen que estar a la cabeza del cuidado de la crianza de hijas e hijos, le niega la posibilidad, por ejemplo, a niñas, niños, adolescentes de ser adoptados por familias monoparentales al establecer claramente que la familia constituida por madre y padre es el único tipo de familia que tiene derecho a adoptar y eso le niega la posibilidad quizás a la infancia guatemalteca, sobre todo aquella que está en situación de más alta vulneración, a violaciones a los derechos humanos, a acceder a los derechos de familia, de identidad y con ellos una serie de derechos como el acceso a la educación, a la salud, entre otros.  

Así es que esta ley, sin duda alguna, es un reflejo de este contexto regresivo de esta cultura que el Estado está intentando instaurar en una Guatemala, que todavía sigue atravesada por enormes desafíos en materia de derechos humanos, por enormes desafíos de racismo y discriminación y que esta ley solo viene a profundizar todos estos temas. 

Protestas por iniciativa 5272
Organizaciones en defensa de los derechos humanos rechazaron con protestas públicas el Decreto 18-2022. (Foto Prensa Libre: Érick Ávila)

Desde el punto de vista de derechos humanos, ¿por qué el acceso a un aborto legal y asistido debería considerarse una alternativa, más allá de los dogmas religiosos o morales? 

El derecho al aborto legal y seguro está reconocido en la interpretación de diferentes instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, en materia de protección a la vida, a la salud, de la integridad de las mujeres y niñas y personas con capacidad para gestar el aborto; es una alternativa el aborto legal y seguro para embarazos no deseados o para embarazos que ponen en riesgo la vida de la persona embarazada, la salud, la integridad, embarazos en donde el producto no tiene ninguna viabilidad y pone en riesgo la vida de la mamá.  

Es decir, el aborto es una alternativa, pero antes del aborto existe una gama de alternativas para atender de manera integral los derechos sexuales y reproductivos. Existe sobre todo la educación sexual integral que ha sido demostrada con evidencia en diferentes partes del mundo que ayuda a prevenir no solo el embarazo en niñas y adolescentes, sino también la violencia sexual en contra de niñas, niños y adolescentes. Y es que la educación integral no es más que una educación basada en elementos cognitivos, diferenciados a las a las edades de niñas, niños y adolescentes que les permite tener un conocimiento profundo sobre sus derechos, sobre su cuerpo, sobre las relaciones en que mantienen, inclusive las relaciones sexuales, en dignidad y con pleno respeto a los derechos humanos, y ha sido comprobado en países, sobre todo en países europeos, en otros países en donde se ha asimilado la educación integral en sexualidad, como parte del currículum cotidiano de la educación más primaria, como un elemento que previene la violencia sexual y que empodera a las niñas, niños y adolescentes para tener un derecho a su sexualidad, de manera que respete los derechos humanos. 

“Esto significaría un retroceso de décadas, cuando ya se ha reconocido las violaciones a los derechos humanos”

Esta posición de Guatemala toma oficialmente un papel totalitario ¿esto podría tener un efecto adverso y promover discursos y crímenes de odio, que ya existen en Guatemala?  

Es una ley que no solo fomenta el odio, manda un mensaje peligroso en una situación de violencia extrema que ya enfrentan las personas LGTBI y las organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de derechos humanos han documentado que tan solo en el 2021 32 personas LGTBI fueron asesinadas por este contexto de odio, y que a lo que va de este año 9 personas también han sido asesinadas, y esto es solo es un indicador de la violencia radical que enfrentan, pero conocemos de múltiples denuncias sobre discriminación laboral, sobre crímenes de odio que atentan contra la vida, integridad y seguridad de estas personas. 

En el Congreso ya está una propuesta que tipifica como trastornos la identidad de género, es una propuesta de una iniciativa que el mismo partido de Gobierno ya tiene sobre la mesa y que algunos analistas creen que este sería el camino que va a seguir llevando y para seguir en la misma línea de de leyes que están, se están aprobando, ¿que implicaría continuar legislando en esa línea y declarar una enfermedad o anomalía? 

Esto significaría un retroceso de décadas, cuando ya se ha reconocido las violaciones a los derechos humanos que han implicado que han significado la tipificación de trastornos mentales a la identidad sexual, la orientación sexual de las personas donde ha habido cambios significativos para reconocer los derechos humanos de las personas LGTBI y más una ley que atentara contra estos avances, pues significaría un grave retroceso de décadas, sobre todo que, además, expondría a un altísimo riesgo a las personas LGTBI y más a sufrir de situaciones que podrían constituir inclusive tortura.  

ESCRITO POR:

Alex Rojas

Periodista de Prensa Libre especializado en política y periodismo de investigación con experiencia de 15 años como reportero y editor en medios escritos, radiales y digitales. Reconocido con el Premio Nacional de Periodismo en Guatemala, en 2014 y becario del programa de periodismo judicial Cosecha Roja de Argentina y del programa de autorregulación ITP, en Suecia.