Salud y Familia

20 de octubre del 2026 en Guatemala: cuándo se gozará el asueto y qué otros descansos quedan en el año

En conmemoración de la Revolución de Octubre, los trabajadores gozarán de un asueto, oportunidad para participar en actividades culturales, descansar o viajar.

AME9005. CIUDAD DE GUATEMALA (GUATEMALA), 20/10/2023.- Cientos de personas participan en una marcha para conmemorar el Día de la Revolución de 1944, hoy, en Ciudad de Guatemala (Guatemala). La revolución del 20 de octubre del 44 cumple hoy 79 años. Fue un movimiento de juventudes y adultos civiles y militares, todos de clase media, y junto con el resto de la población, cansada de 14 años de desmanes de la dictadura de Ubico, quien renunció el 1º de julio y heredó en Ponce Vaides, cuyo gobierno duró sólo 103 días.EFE/ Edwin Bercian

Cientos de personas participan en una marcha para conmemorar el Día de la Revolución de 1944, hoy, en Ciudad de Guatemala (Guatemala). (Foto Prensa Libre: EFE)

Guatemala conmemora cada 20 de octubre uno de los movimientos populares más trascendentales de su historia política y social: la Revolución de Octubre. Por esta fecha, los trabajadores gozarán de un día de asueto.

El 20 de octubre marca el primer asueto del último trimestre del año, pero, más allá de un descanso en el calendario oficial, esta fecha rememora la unión de los guatemaltecos en los movimientos cívico-militar con los que se derrocó al presidente provisorio Federico Ponce Vaides.

Para recordar los movimientos revolucionarios de 1944, grupos sociales y ciudadanos participan en manifestaciones cívicas, eventos culturales y conciertos, en conmemoración de ese momento que dio paso a importantes transformaciones en el país.

Con la llegada de este asueto surge la duda de si se trasladará de fecha, debido a que cae martes, y a quiénes les corresponde. El artículo 127 del Código de Trabajo reconoce los días de asueto con goce de salario y los descansos correspondientes al mediodía del 24 y del 31 de diciembre.

Este día de asueto corresponde tanto a los trabajadores del sector público como del privado. Quienes deban trabajar tienen derecho a la remuneración correspondiente por el tiempo laborado.

En cuanto a la posibilidad de trasladar el asueto para propiciar un descanso prolongado, el Decreto 42-2010, Ley que Promueve el Turismo Interno, estableció un mecanismo para trasladar determinadas fechas de descanso.

Posteriormente, el Decreto 19-2018 reformó esa normativa e incluyó el 20 de octubre entre los asuetos sujetos a traslado. Sin embargo, en el 2020 la Corte de Constitucionalidad dejó sin efecto la disposición correspondiente al 1 de mayo y al 20 de octubre. Por ello, el asueto del martes 20 de octubre del 2026 se gozará ese mismo día y no se trasladará.

Después del 20 de octubre, estos son los descansos que quedan en el calendario del 2026:

  • Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
  • Jueves 24 de diciembre, desde el mediodía: Nochebuena
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad
  • Jueves 31 de diciembre, desde el mediodía: fin de año

ESCRITO POR:

Esdras Laz

Periodista de Prensa Libre para el área de bienestar, cultura y tendencias con varios años de experiencia en medios escritos y televisivos.