Economía

Secreto bancario: ¿Hasta qué punto deberían tener acceso las autoridades a los datos bancarios?

El FMI en su reciente evaluación a Guatemala pidió al país que se retome el proceso para levantar el secreto bancario para fiscalización tributaria sin embargo el presidente del Cacif, Juan Carlos Tefel tiene una opinión diferente a lo dicho por el organismo internacional.

La reforma al Código Tributaria buscaba agilizar la forma en que la SAT puede acceder a información bancaria de las personas. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La reforma al Código Tributaria buscaba agilizar la forma en que la SAT puede acceder a información bancaria de las personas. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El presidente del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financiera (Cacif) indicó que está en desacuerdo con la postura del Fondo Monetario Internacional (FMI), e indicó que lo que se necesita es establecer un proceso para acceder a las cuentas bancarias y el cual se debe cumplir.

“Lo que necesita es un debido proceso para acceder a las cuentas bancarias el cual se tiene que cumplir. Si hay una investigación y se necesita acceder a cuentas bancarias de alguna persona, con una orden de juez se puede lograr” dijo Tefel.

Añadió que “No entendemos a qué se refiere el Fondo Monetario diciendo que en Guatemala existe el secreto bancario, solo en dos países del mundo existe el secreto bancario que es Liechtenstein y Suiza. Aquí las cuentas son unipersonales, con nombres y apellidos lo cual talvez hay un error de procedimiento o un mal entendido del procedimiento”.

En su informe el FMI indicó la semana pasada que es necesario reforzar los ingresos del Estado para disminuir las brechas en infraestructura y brechas sociales que requieren de financiamiento adicional.

Una de las acciones recomendadas es reforzar a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para revertir la disminución de los ingresos tributarios, para lo cual, indica, es necesario “reconsiderar el levantamiento del secreto bancario para efectos de auditoría tributarias”.

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Sin embargo, ese organismo hizo ver esa disposición se suspendió en el país, lo que “además de debilitar la recaudación, podría menoscabar el cumplimiento de Guatemala con respecto a tratados internacionales de transparencia”.

El artículo que da facultades a la SAT para agilizar los mecanismos para requerir información bancaria y la resolución judicial fue suspendido en agosto del 2018 en forma provisional por la Corte de Constitucionalidad (CC).

Derecho de defensa

Miler Estrada, abogado y consultor tributario, dijo que el secreto bancario ha sido uno de los aspectos que más han cuestionado a Guatemala los organismos internacionales indicando que no es transparente en sus cuentas. Incluso en algunas oportunidades ha estado en la lista de países no cooperantes o listas grises, por la existencia de esa figura.

“Ese proceso debe ser transparente, porque el levantamiento del secreto bancario es para enviar señales de transparencia a nivel internacional pero también debería enviar señales de transparencia internamente, es decir que una persona no puede esta siendo investigada a espaldas o a escondida, ya que en ningún momento del proceso es notificado”, Miler Estrada, abogado y consultor tributario.

A consideración de Estrada como el secreto bancario se encuentra establecido dentro de las garantías que la Constitución brinda a los ciudadanos, no se puede eliminar con leyes ordinarias, sino que sería necesaria una reforma a dicha Constitución.

Estrada dijo que el acceso a información bancaria es importante para efectos de información impositiva.

Sin embargo, explicó que el problema que presenta la disposición que fue reformada en el artículo 30 “C” del Decreto 6-91 (Código Tributario), es que violenta el derecho de defensa de personas y empresas porque el mecanismo que se implementó para acceder a la información es hasta cierto punto secreto, ya que el contribuyente o propietario de las cuentas o bancarias no se entera, ni es notificado de que la SAT está requiriendo su información.

“La administración tributaria a espaldas del contribuyente pedía la información lo que viola el derecho de defensa y del debido proceso”, dijo el consultor tributario.

Lo que podría hacer el país para responder a los requerimientos internacionales es a través de la de agilizar un poco los procesos judiciales, sin embargo debido a la mora judicial los procesos no son tan ágiles.

Si no se toman las medias pertinentes Guatemala siempre va a estar mal calificada por estos organismos porque no se cumplen con algunos compromisos que estos requieren.

Entonces, agregó Estrada, se tendría que rediseñar el mecanismo que establecía el artículo que está suspendido, pero garantizándole a los ciudadanos y a los contribuyentes su derecho defensa y su debido proceso.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.