ECONOMÍA

Bono 14 en Guatemala: por qué no todos los trabajadores lo reciben el mismo día. Estos son los puntos que dicta la ley

La ley no establece una fecha exacta para el pago del bono 14, pero obliga a los empleadores a entregarlo entre el 1 y el 15 de julio y define aspectos clave para su cálculo.

El Bono 14 debe pagarse durante la primera quincena de julio, aunque la fecha exacta varía según la modalidad y costumbre de cada empresa en Guatemala. (Foto, Prensa Libre: ShutterStock)

El bono 14 debe pagarse durante la primera quincena de julio, aunque la fecha exacta varía según la modalidad y costumbre de cada empresa en Guatemala. (Foto, Prensa Libre: ShutterStock)

Con la llegada de julio, una de las preguntas más frecuentes entre los trabajadores guatemaltecos es qué día pagan el bono 14. Aunque muchos esperan una fecha específica, la legislación guatemalteca no establece un día exacto para hacer efectivo este beneficio.

Lo que sí define la ley es el plazo en el que debe entregarse. Según el decreto 42-92 del Congreso de la República, el bono 14 en Guatemala debe pagarse obligatoriamente durante la primera quincena de julio, es decir, entre el 1 y el 15 de julio de cada año.

Esto significa que el día del depósito o entrega depende de la costumbre y la modalidad de pago de cada empresa.

¿Por qué no todos reciben el bono 14 el mismo día?

El pago del bono 14 puede variar de una empresa a otra. En compañías que manejan salarios quincenales, es común que esta bonificación se entregue en una fecha intermedia entre ambas quincenas.

En cambio, en empresas que realizan pagos mensuales, lo más habitual es que el depósito se haga al acercarse el 15 de julio, coincidiendo con la fecha límite que marca la ley.

Sin importar la fecha que cada empleador elija para hacer efectivo el pago, la ley obliga a que el bono 14 sea entregado dentro del plazo establecido: durante la primera quincena de julio, es decir, entre el 1 y el 15 de julio como fecha límite.

Lo que establece la ley sobre el bono 14

La legislación guatemalteca fija reglas claras para el pago del bono 14, una prestación laboral obligatoria para trabajadores del sector público y privado.

Entre los puntos clave que establece la normativa están:

  • El pago debe realizarse entre el 1 y el 15 de julio de cada año, aunque no existe un día exacto definido por ley.
  • Debe entregarse en un solo desembolso y no puede fraccionarse.
  • El monto equivale al promedio de los salarios ordinarios devengados por el trabajador entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
  • Si el trabajador no ha completado un año en la empresa, tiene derecho a recibir el pago proporcional, calculado según el tiempo laborado.

El Bono 14 es una prestación laboral obligatoria e irrenunciable, aplica tanto para trabajadores del sector público como privado.

¿Quiénes tienen derecho a recibirlo?

Todo trabajador tiene derecho al bono 14, incluso si no ha cumplido un año completo en la empresa.

En caso de que el trabajador haya estado suspendido por el IGSS, la relación laboral continúa vigente, por lo que el empleador no puede descontar ese período para el cálculo del bono 14.

En esos casos, el empleador debe pagar la parte proporcional según el tiempo laborado hasta el 30 de junio del año en curso.

Además, si la relación laboral termina antes de julio, el trabajador también debe recibir el pago proporcional acumulado desde el 1 de julio del año anterior hasta la fecha de finalización.

Cómo calcular cuánto le corresponde

Para quienes quieran verificar el monto, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) habilitó desde 2024 una herramienta digital para calcular el bono 14, tomando en cuenta el salario y el tiempo trabajado.

Si desea saber cuánto debe recibir de bono 14 este año, puede utilizar la herramienta gratuita del ministerio: https://bono14.mintrabajo.gob.gt/calculo/bono14

Por su lado el Mintrab informó que a partir del 16 de julio iniciará inspecciones de oficio para verificar el pago del bono 14, mientras que los trabajadores que no reciban esta prestación podrán presentar su denuncia ante la Inspección General de Trabajo.

ESCRITO POR:

Glenda Burrión

Periodista de Prensa Libre especializada en economía con más de 7 años de experiencia como correctora de textos y creación de contenido digital.