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El otro proyecto es el de Transmisión Eléctrica y Subestaciones Uspantán de la empresa Transnova, en San Juan Cotzal, Quiché, y el Proyecto minero Derivada VII, en San Pedro Ayampuc, Guatemala.
La ministra de Trabajo, Aura Leticia Teleguario, explicó que para los proyectos con sentencias en proceso que no establecen un procedimiento específico se usará la guía operativa. En el caso de Oxec, la guía se aplicará en forma complementaria porque la sentencia de la Corte de Constitucionalidad (CC), del 26 de mayo de este año, establece pautas consultivas.
Antonio Malouf, presidente del Cacif
Para proyectos existentes es válido lo que dice el Ministerio, de aplicar la guía de consultas.Es decir, los que tienen algún tipo de conflicto generado mientras no hubo reglamento deberían usar esa guía operativa para que los proyectos no se paren, pero para los nuevos debería esperarse que se emita una ley específica.
Al respecto, Luis Chang, ministro de Energía y Minas, dijo que primero se debe cumplir con los casos que ya están en proceso. Se debe tomar en cuenta que una de las dificultades del Ministerio de Energía y Minas (MEM) es falta de presupuesto para más procesos. “Son montos no disponibles en el Ejecutivo porque nada de esto estaba considerado en ninguna de las carteras”, añadió el funcionario. Ese ente tiene asignados recursos para el proceso de la Vega I y II, expuso.
Sin embargo, hay otras condicionantes, ya que hay resoluciones de las cortes que fueron notificadas posteriormente del caso Oxec, pero que no necesariamente el Ministerio está vinculado, refirió Chang. Ejemplificó que hay un caso en que la corte resolvió que el MEM le tenía que informar a una municipalidad para que a su vez se le comunicara a un Cocode. Para la red de transmisión en San Juan Cotzal de la empresa Transnova también hay resoluciones que no le corresponden al MEM.
Rafael Poitevin, director de Guatecívica
Una guía y reglamento pueden funcionar, pero se necesita consensuarlos de forma transparente, donde se tome en cuenta a todas las comunidades afectadas. Es posible que el Ministerio —de Trabajo— tenga que reabrir el proceso de diálogo que se usó en la primera versión de la guía, para incluir a comunidades que no se hayan tomado en cuenta.
En el caso de la Vega I y II tiene una sentencia judicial, pero no un procedimiento definido para efectuar la consulta, por lo que el MEM, comunidades y la alcaldía indígena, con apoyo de Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, definieron una ruta que, según el ministro, “debe prevalecer dado el acuerdo alcanzado”.
La fecha para efectuarla aún no se ha definido porque hay divergencia de opinión entre la alcaldía indígena y las comunidades afectadas.
En el caso de Minera San Rafael, depende de la resolución de la CC, ya que los empresarios apelaron contra la suspensión emitida por la Corte Suprema de Justicia. En Derivada VII está pendiente la resolución definitoria.
Chang cree que la guía operativa puede ayudar a resolver procesos, pero ve importante que el Congreso legisle, lo cual “crearía amparo legal”.
Complejas decisiones
Luis Otzoy, abogado consultor en temas del convenio 169 de la OIT y el Código Municipal, refiere que la aplicación es compleja, ya que el convenio en mención fue ratificado pero no es procesal.
“Al no tener una ley procesal con los pasos se crean esas confusiones que hoy en día hay, nadie se atreve a realizar la consulta porque se preguntan cómo vamos a empezar”, expuso.
Alfredo Gálvez, gerente de Goldcorp en el país
Desde el 2008 el Gobierno inició una moratoria para la emisión de licencias mineras. Ya han pasado 9 años y son pocas las licencias de exploración vigentes, y sin eso no hay nuevos proyectos. El documento emitido por el Gobierno es solo una guía que, al parecer, podría no cumplir con los estándares del convenio 169; sin embargo, es un comienzo.
El artículo 6 establece condiciones con requisitos, como que se haga de buena fe, de forma previa e informada y menciona que se requiere que sean autoridades representativas y procedimientos apropiados con el objeto de alcanzar consentimiento.
“No se puede dialogar con mil personas a la vez” y ahí empieza la necesidad de determinar con quién se debe hablar, refiere el experto, pero advierte que lo complejo es definir ¿quiénes son representativos?, ¿a quién se le consulta?, aunque el convenio habla de flexibilidad.
Otzoy dice que en el Código Municipal ya se establecen pasos para una consulta dirigida a vecinos en general y no solo a pueblos indígenas como lo establece el 169.
Los 8 proyectos
- 1. Proyecto hidroeléctrico, La Vega I en Nebaj, Quiché
- 2. Proyecto hidroeléctrico, La Vega II en Nebaj, Quiché
- 3. Transmisión eléctrica y subestaciones Uspantán, en San Juan Cotzal, Quiché
- 4. Proyecto hidroeléctrico, Las Brisas en Nebaj, Quiché
- 5. Hidroeléctrica Oxec, Santa María Chabón, Alta Verapaz, la Guía se aplica en forma complementaria. La sentencia establece pautas de consulta
- 6. Hidroeléctrica Oxec II, Santa María Chabón, Alta Verapaz, la Guía se aplica en forma complementaria. La sentencia establece pautas de consulta
- 7. Proyecto Minero Progreso Derivada VII, San Pedro Ayampuc, Guatemala
- 8. Proyecto hidroeléctrico Rocja Pontilá, Cobán, Alta Verapaz