Guatemala

Jimmy Morales insiste en demanda contra ciudadano que lo habría insultado

El presidente Jimmy Morales llegó este 30 de mayo a Tribunales para reactivar el caso contra un ciudadano que lo habría insultado luego de un acto público.

El presidente Jimmy Morales durante su participación en la conmemoración de la Constitución. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El presidente Jimmy Morales durante su participación en la conmemoración de la Constitución. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Aunque el Tribunal Duodécimo de Sentencia Penal ya había desestimado la denuncia que el presidente Jimmy Morales planteó en contra de Roberto Rímola, quien lo habría insultado, el presidente presentó una apelación.

El mandatario dijo que la demanda es por los delitos de injuria y difamación. “No es que se haya reactivado, ustedes pueden ver las fechas desde el año pasado”, señaló.

El 25 de abril del 2018 Morales participó en el V Congreso Laboral, que se desarrolló en un hotel de la zona 10 capitalina, y al salir de la actividad fue increpado por Rímola.

Mientras el presidente salía acompañado de agentes  de la Secretaría de Administración y Asuntos de Seguridad de la Presidencia (SAAS), Rímola le reclamó por los gastos desmedidos y lo habría insultado.

“Las autoridades de más alto rango, como los de más bajo rango deben tener la libertad de gozar de respeto”, dijo  Morales este jueves, luego de salir del tribunal, al que asistió para continuar con la demanda.

“Así como el policía que detiene a un vehículo y tiene que ejercer, debe ser respetado. No se le puede decir policía tal por cual”, concluyó.

Juez dice que no es su competencia

Poco después de las 14 horas el juzgador Gustavo Adolfo Castillo González resolvió la acción del gobernante. “Esta judicatura resuelve que este proceso debe ser inhibida conforme a la Ley de emisión del pensamiento ante el órgano jurisdiccional competente, es decir, ante un juzgado de primera instancia”, dijo el juzgador.

“Este Tribunal no es competente para conocer la querella originada en las presentes actuaciones. Se declara la incompetencia de este Tribunal para conocer la querella presentada por Morales Cabrera”, resolvió el juzgador.

El caso será remitido a Gestión Penal para que, por sorteo, se designe una judicatura penal en donde se conocerán las actuaciones de la querella que interpuso el mandatario.

Una vez asignado el juez al conocer el expediente nombrará un jurado quien conocerá el caso.

Al respecto el Artículo 35, Libertad de emisión de pensamiento, de la Constitución se refiere: “Un jurado conocerá privativamente de los delitos o faltas cometidas en el ejercicio de la libertad de emisión del pensamiento. Este jurado deber determinar si en verdad se cometió un delito o falta antes de sancionar al acusado. Un jurado conocerá privativamente de los delitos o faltas a que se refiere este artículo”.

La Ley de emisión del pensamiento se refiere al jurado. “Artículo 48: Juzgamiento y Sanción: Los delitos y las faltas en la emisión del pensamiento por los medios de difusión serán juzgados privativamente por un jurado que declare, en cada caso, conforme a su leal saber y entender, si el hecho es constitutivo de delito o falta, o no lo es. En caso de una declaración afirmativa, el juez de primera instancia que haya convocado al jurado fijará las sanciones conforme a la ley; si la declaración fuere negativa, el juicio será sobreseído sin más trámite”.

¿Quién podrá ser jurado?

La Ley de emisión del pensamiento se refiere a las personas que pueden ser jurado.

1) Ser guatemaltecos, del estado seglar y mayores de edad.
2) Hallarse en el goce de sus derechos ciudadanos; ser de notoria buena conducta; no ser funcionario ni empleado público, ni tener sueldo, subvención o emolumento de instituciones sostenidas con fondos del
erario, exceptuándose los catedráticos de la Universidad de San Carlos de Guatemala;
3) No haber sido condenado por delito penado con prisión correccional.

Aquí le dejamos el video de lo ocurrido:

 

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