Ambas abogadas fueron parte de procesos de alto impacto que tienen tras las rejas a políticos, empresarios y narcotraficantes que fueron detenidos durante operativos coordinados por dichas instituciones, que marcaron un hito en la lucha contra la corrupción en Guatemala.
Las profesionales fueron ligadas a proceso en el Juzgado Tercero y fueron beneficiadas con arresto domiciliario, pero deben pagar una caución económica de Q10 mil.
Además, el Juzgado le dio al MP cuatro meses para profundizar en las investigaciones.
“Nos ligaron a proceso con un delito menos grave, puesto que el Ministerio público había pedido obstrucción de justicia, pero el juez consideró que no se llenaban los requisitos para este delito tan grave que está tipificado en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y nos han dejado únicamente por colución, un delito menos grave, también nos han otorgado medidas sustitutivas para que nos podamos defender en libertad durante este proceso”, señaló Santizo al concluir la audiencia.
Hace unos días, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mostró preocupación por los casos que, según su percepción, son parte de un plan de persecución judicial en contra de jueces y fiscales que lucharon contra la corrupción y la impunidad en Guatemala.
Entre los casos que enumera la CIDH en su pronunciamiento está la captura de Willy Racanac López y Paola Mishelle Escobar Quiñónez, auxiliares fiscales de la Feci por el supuesto delito de abuso de autoridad, un hecho ocurrido el 16 de febrero pasado.
Agrega que, además, “se giró una orden de captura en contra de Rudy Antonio Herrera Lemus, exagente fiscal, y Aliss Noemí Morán, exauxiliar fiscal, quien el 17 de febrero se presentó ante el Juzgado Tercero Penal y se encuentra bajo prisión provisional”. Estas personas participaron en la investigación del Caso Comisiones Paralelas 2020.
Recuerda el caso de Eva Siomara Sosa, exfiscal de la Feci, quien el 15 de febrero recién pasado fue detenida luego de presentarse “voluntariamente” ante el Juzgado Tercero Penal tras conocer que existía una orden de captura en su contra.
Refiere que el 10 de febrero último “se tuvo conocimiento de la detención de Leily Santizo, exmandataria de la Cicig. Según la información, ambas se encontrarían detenidas sin que hasta la fecha se haya llevado a cabo la audiencia de primera declaración y, según lo indicado, las investigaciones serían una represalia por su trabajo”.
“Tanto Eva Siomara Sosa como Leily Santizo lideraron casos de alto impacto y anticorrupción durante el mandato de la Cicig”, refiere el pronunciamiento que agrega que “la detención de Leily Santizo también estaría relacionada con la labor que actualmente desempeña como defensora de operadores y operadoras de justicia reconocidos por su desempeño independiente”.
“La información disponible indica que las abogadas no habrían sido informadas de las acusaciones en su contra ya que el expediente se encuentra bajo reserva judicial. Al respecto, el Estado indicó que no resultaba “posible ahondar en detalles”, pero que las órdenes de aprehensión solicitadas “se basaron en indicios suficientes que el juez analizó para autorizarlas”.
Además, menciona que el 9 de febrero recién pasado, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró procedente una solicitud de antejuicio y retirar la inmunidad de Pablo Xitumul de Paz, juez de Mayor Riesgo C, al tiempo que se ordenó continuar con las diligencias de antejuicio en contra de Erika Aifán, jueza de Mayor Riesgo D, quienes son beneficiarias de medidas cautelares otorgadas por la CIDH.
“Por su parte, el Estado de Guatemala señaló que no se criminaliza a funcionarios, jueces o abogados, sino que se pretende el estricto cumplimiento de la ley y del debido proceso. Asimismo, informó que a toda persona acusada se le permite una defensa apropiada”, dice el pronunciamiento; sin embargo, la Corte señala que el antejuicio en Guatemala se está utilizando como un mecanismo de intimidación.
“Si bien el antejuicio constituye una garantía constitucional a favor de las y los operadores de justicia a fin de que no sean indebidamente sometidos a proceso penal, la CIDH ha observado que, en el contexto guatemalteco, dicho procedimiento es empleado como mecanismo para intimidar, amedrentar y/o eventualmente retirarles de sus cargos”, pero ante eso el Estado señaló que, “a través de los procedimientos establecidos en su legislación, resguarda plenamente la estabilidad en el desempeño de los cargos, así como su independencia judicial”.