Guatemala

Aplicación de castigos mayas genera criterios divididos

Tomasa Tzoc Tipaz, de 35 años, señalada de haber robado trajes típicos, fue azotada en el campo de futbol de San Juan Ilotenango, Quiché, ante la mirada de cientos de vecinos que asistieron luego de ser invitados a través de un altoparlante transportado en un vehículo.

Tzoc, según la versión, era acompañada de dos hombres que huyeron; sin embargo, ella fue capturada y entregada a las autoridades indígenas, quienes la llevaron a Pacajá, Santa Cruz del Quiché, de donde es originaria, para que informara dónde se ubican las casas de sus supuestos cómplices, quienes no fueron localizados.


Los primeros cinco azotes los recibió de parte de su madre, a eso de las 11. 30 horas, posteriormente, María Lucas, alcaldesa indígena de Santa Cruz del Quiché, le descubrió la espalda y le propino otros 15 azotes. Al final, Tzoc les pidió perdón a los presentes. Mientras, decenas de vecinos grababan las imágenes con sus teléfonos celulares.

Este no es el primer caso en que vecinos golpean a personas que son sindicadas de cometer ilícitos, incluso se ha llegado a atentar contra las autoridades como sucedió en la aldea Los Encuentros, Sololá cuando vapulearon a varios agentes de la Policía Nacional Civil, entre ellos el subinspector Balbino Alfonso López Hidalgo, de 46 años, quien murió por los golpes en el Hospital de Sololá.

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Se cometieron abusos

Isabel Tum, representante de la mujer ante el Consejo Departamental de Desarrollo, CODEDE, de Quiché, dijo que apoya las decisiones de las autoridades comunitarias; sin embargo, considera que, en este caso, el castigo debió de haber sido acorde a su condición de mujer, pues se atentó contra su dignidad al despojarla de su vestimenta frente a una multitud.

”El traje típico de las mujeres de Quiché es muy representativo y no debe ser tocado por ninguna persona, aparte de quien lo usa. Es importante revisar la metodología que se emplea para aplicar este tipo de castigos, pero también es bueno resaltar que esto lo provoca la ausencia de las autoridades estatales”, comentó.

Flavio Ruiz auxiliar de la Procuraduría de los Derechos Humanos en Quiché, manifestó que todo acto que vaya en contra de la voluntad de una persona es una violación a sus derechos humanos. “No había necesidad de exponer a la mujer ante todas las personas si al final lo que buscan es un correctivo. No se debe hacer denigrando a la persona y, más aún, si es mujer. Con esto no se logra el objetivo”, comentó.

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Ruiz informó que estuvieron presentes y observaron los hechos, pero sólo le dieron acompañamiento. “Hablé con la madre de la víctima y no quiso presentar una denuncia pues dijo ella le había dado cinco azotes a su hija, aunque no sabía si realmente había cometido el delito del que se le acusaba”.

Juana Chó vecina de San Antonio Ilotenango, dijo que no está de acuerdo con el castigo a la mujer, pues había que demostrar que era la responsable del robo, y que fue incorrecto que hombres la hayan trasladado de un lado a otro. “Me molestó que la alcaldesa le subiera el güipil y le quitara la faja de su corte frente a todas las personas, para demostrar que tenía tatuajes, eso no está bien”, señaló.

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Es legal, es útil para reflexionar

El abogado Cristian Otzí, de la Asociación de Abogados y Notarios Mayas de Guatemala, explicó que esta es la forma como las comunidades indígenas hacen justicia cuando alguno de sus miembros rompe con la armonía comunitaria.

“Los xicay (azotes) con una vara de membrillo sirven para que quien cometió una falta reflexione. Se impone después de un procedimiento comunitario en el que se llega a la conclusión de que lo que hizo el sindicado no fue correcto y, dependiendo de la gravedad, la autoridad indígena decide si se le impone el xicay. Es una forma de reivindicar al individuo por alguna mala acción”, indicó.

En cuanto a que si se puede considerar como una violación a los derechos humanos, el abogado maya explicó que este castigo no es una violación, porque toda sanción implica una violación a los mismos. “La prisión provisional, por ejemplo, viola el derecho a la libertad”.

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Lorena Escobar, coordinadora del área jurídica de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes) dijo que estos hechos están contemplados en el Convenio 169 de la OIT que indica que los indígenas están en su derecho de aplicar estos procesos y emitir las sanciones pertinentes. “De con acuerdo a este convenio los procedimientos están establecidos en la costumbre y el derecho indígena”.  

Escobar dijo que el Convenio 169 es un tratado en materia de derechos humanos, por lo que no hay violación en estos casos. “Lo que en este hecho específico se observa es un castigo físico que no llega a ocasionar un daño severo y, además, hay que comprenderlo desde la cosmovisión maya, en el que se busca justicia pronta, reparación para la víctima y la comunidad.

Agregó que existe jurisprudencia al respecto emitida por la Corte de Constitucionalidad, así como pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión.

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ESCRITO POR:

Héctor Cordero

Corresponsal de Prensa Libre y de Guatevisión con 16 años de experiencia. Reconocido por varias organizaciones civiles y de prensa. Premiado por el Instituto de las Americas en San Diego, Estados Unidos.

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