Ley del Teletrabajo en Guatemala: qué propone la iniciativa 6556 y qué cuestionan los analistas
La iniciativa 6556, que busca regular el teletrabajo en el sector privado, genera cuestionamientos por posibles vacíos jurídicos y disposiciones que, según expertos, podrían entrar en conflicto con el Código de Trabajo.
La propuesta para regular el teletrabajo que esta siendo discutida en el Congreso ha generado dudas entre distintos sectores sobre la viabilidad en su implementación. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).
Durante la sesión ordinaria que se realizó el pasado 18 de agosto en el Congreso, diputados de varias bancadas presentaron una moción privilegiada en el hemiciclo, con la que buscaban la aprobación de urgencia nacional de la iniciativa 6556 para la creación de la Ley del Teletrabajo, específicamente para el sector privado del país.
El argumento de los congresistas que apoyaron esta moción fue que la iniciativa se constituye como “una medida de apoyo” para todos los guatemaltecos que diariamente se tienen que movilizar a sus centros de trabajo y que invierten gran parte de su tiempo en la movilización.
También aseguraron que esta propuesta será de beneficio ante el incremento en los precios de los combustibles, lo que ayudará a los trabajadores que diariamente utilizan sus vehículos para desplazarse y también reducirá el impacto económico en sus bolsillos, lo que repercutirá en la disminución del tránsito vehicular que diariamente afecta a los ciudadanos.
El diputado José Pablo Mendoza, vicepresidente de la Comisión de Trabajo del Legislativo, que dio dictamen favorable a la propuesta de ley de teletrabajo, afirmó que dicha ley “no es improvisada”, ya que es una propuesta que se desarrolló durante más de un año con diferentes cámaras y sectores que apoyaron la implementación de esta norma en beneficio de los trabajadores, ante una necesidad y una realidad que ya está presente en todo el mundo.
“Es fundamental reconocer que lo que discutimos no es solo un texto legal, sino que es una herramienta que puede impactar directamente en la vida de miles de guatemaltecos. El teletrabajo presenta una oportunidad importante y concreta para descentralizar el empleo, para acercar más oportunidades a más regiones del país y para permitir que el talento guatemalteco pueda desarrollarse sin las limitaciones geográficas, que históricamente, han condicionado el acceso al trabajo formal”, afirmó Mendoza.
El congresista también comentó que el teletrabajo es una realidad que ya se da en muchas empresas y sectores productivos en Guatemala y en el mundo, por lo que desde el Legislativo lo que corresponde es ordenarlo, regularlo y convertirlo en una oportunidad de desarrollo para todos los guatemaltecos.
“Generamos mejor salud mental a los guatemaltecos, bajamos el tráfico ante el alza de combustibles y muchos beneficios más que representa esta iniciativa”, aseguró.
Riesgos para la inversión
A criterio de Juan Carlos Zapata, director ejecutivo de la Fundación para el Desarrollo de Guatemala (Fundesa), la aprobación de esta iniciativa de ley, tal y como está redactada actualmente, constituye una serie de riesgos para la inversión en el país, por lo que considera conveniente que “el dictamen de la iniciativa debería regresar nuevamente a la comisión para discutirse con una mayor profundidad".
Según indica, la propuesta carece de certeza jurídica, ya que puede desincentivar la contratación remota formal y empujar hacia esquemas de servicios profesionales, con el efecto contrario al declarado.
Un aspecto importante que resalta Zapata es que la propuesta deja un “vacío transfronterizo”, debido a que no se establecen regulaciones para empleadores extranjeros.
“El dictamen no regula al empleador extranjero que contrata teletrabajadores guatemaltecos ni al empleador guatemalteco con personal fuera del país —justo el segmento de mayor potencial de nearshoring”, afirma.
Ante estos y otros vacíos legales, Zapata considera que, de ser aprobada esta ley, corre el riesgo de ser impugnada.
“El voto razonado deja constancia de que el dictamen se introdujo en puntos varios sin haber sido circulado ni discutido en la Comisión. Es un antecedente aprovechable en una acción de inconstitucionalidad por vicio de procedimiento, lo que añade incertidumbre sobre la permanencia de la norma”, comentó.
Además, comentó que desde que la pandemia del Covid-19 afectó, a partir del 2020, al país, muchas empresas implementaron el teletrabajo y la modalidad aún prevalece, por lo que considera que los diputados podrían tomar en cuenta otras medidas para garantizar que continúe su implementación.
“El teletrabajo desde la pandemia ya es una realidad y no necesita este tipo de legislaciones que solo encarecerá el costo del trabajo. Los diputados en todo caso podrían fiscalizar la implementación de la ley 5-2021, Ley para la simplificación de requisitos y trámites administrativos, que todavía requiere mucha implementación. Y apoyar al Ministerio de Trabajo a fortalecer sus capacidades de fiscalización”, puntualizó.
Propuesta riñe con el Código de Trabajo
Según Francisco Quezada, analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (Cien), la propuesta de ley de teletrabajo que está siendo discutida en el Congreso contiene una serie de deficiencias técnicas y legislativas que hacen inviable su implementación.
“Esta propuesta es muy general, el contenido que tiene esta iniciativa ya está contenido todo en el Código de Trabajo. Esta entrando en una colisión con el Código de Trabajo, porque este ya permite trabajar en lugares diferentes al centro de trabajo sin necesidad de una ley especial” asegura el experto.
Sector público excluido
Un aspecto en el que hace énfasis es que, según considera, esta propuesta también es “discriminatoria” en su aplicación, ya que no contempla a los trabajadores del sector público, que también constituyen un sector importante dentro del ámbito laboral en el país, quienes también desde la pandemia del Covid-19 han desempeñado labores en esta modalidad.
“Algo muy grave que trae la ley es que excluye de esa posibilidad del sector público. Y hoy día el sector público está haciendo bastante el teletrabajo a partir del COVID. Entonces, ¿cuál es la idea? ¿Que solo el sector privado lo pueda hacer y excluir al sector público? me imagino, ¿por temas de contrataciones y evitar las plazas fantasmas? No sé, es simplemente un accidente de redacción del artículo que los excluye” afirma.
Sobre la expectativa que los diputados han creado sobre los “beneficios” adicionales de la ley en el tema de la reducción del tránsito, la baja en el consumo de combustibles y en el apoyo económico que esto puede representar a los trabajadores, Quezada indica lo siguiente:
“Sí, es muy típico, digamos, del Congreso en que ponen un bonito título a la ley y la venden muy bien, entonces levantan la expectativa de que algo bueno se va a legislar, pero lamentablemente la mayoría no leen el texto como queda aprobado finalmente. Aquí yo diría que la recomendación es regresar a leer el Código de Trabajo, que por lo visto no se ha leído, porque el Código de Trabajo ya lo establece. El Código de Trabajo no obliga a que el trabajo se preste en una sede específica o centralizada”, concluye en su intervención.



