Política

MOE-GT rechaza “insistencia” del TSE en aplicar criterios diferentes para inscribir o rechazar candidatos

La Misión de Observación Electoral de Guatemala (MOE-GT) publica comunicado y detalla que los criterios “diferenciados, discrecionales e inconsistentes aumentan el escepticismo hacia el proceso electoral y ponen en duda la independencia y ecuanimidad del TSE”.

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Sede del Tribunal Supremo Electoral en la Ciudad de Guatemala. A partir de este 27 de marzo comienza la campaña electoral en la que los partidos políticos oficialmente inscritos podrán hacer proselitismo y llamar al voto. (Foto Prensa Libre: Roberto López).

Sede del Tribunal Supremo Electoral en la Ciudad de Guatemala. A partir de este 27 de marzo comienza la campaña electoral en la que los partidos políticos oficialmente inscritos podrán hacer proselitismo y llamar al voto. (Foto Prensa Libre: Roberto López).

La Misión de Observación Electoral de Guatemala (MOE-Gt) publicó un comunicado este 3 de abril en el que rechaza “la insistencia del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y del Registro de Ciudadanos en aplicar criterios diferenciados, discrecionales e inconsistentes para la inscripción y revocación de candidaturas”, de cara a las Elecciones Generales en Guatemala, que se realizarán el 25 de junio.

Según el MOE-GT, este fenómeno del TSE, en aplicar criterios diferenciados para inscribir a los candidatos, ya lo han señalado como negativo y consideran que “erosiona las bases sobre las que se asienta la credibilidad del proceso electoral y causa daños irreparables a su legitimidad”.

“El TSE aplicó criterios discrecionales y diferenciados para la inscripción de binomios presidenciales, algo que propició el uso indebido de recursos judiciales. Por ejemplo, utilizó criterios extensivos a favor de los derechos humanos en el caso de la candidata Zury Ríos, de la alianza Valor-Unionista, a quien se ha señalado de tener una prohibición constitucional”, se lee en el comunicado.

También mencionan que en el caso del candidato vicepresidencial Romeo Guerra, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), a quien se señala  que también tiene prohibición constitucional.

Explican que, por otro lado, se impidió la participación del candidato a la vicepresidencia del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), Jordán Rodas, “bajo criterios rigoristas, sin realizar análisis respecto al señalamiento presentado ante la Contraloría General de Cuentas”.

El comunicado también hace referencia a que también el TSE revocó la inscripción del candidato presidencial Roberto Arzú, del partido Podemos a quien “recientemente se negó a conocer su solicitud de reconsiderar tal denegatoria, pretendiendo asignar a la jurisdicción constitucional el carácter de medio de impugnación en material electoral”.

13 candidatos con proceso de retiro de inmunidad

Según la MOE-Gt, ellos identificaron al menos 13 candidatos inscritos que enfrentan procedimientos de retiro de antejuicio en el Organismo Judicial y que eso contrasta con las decisiones tomadas en los casos de los diputados Aldo Iván Davila Morales y José Armando Ubico.

Explican que en el caso de Dávila, se le revocó la inscripción por solicitudes de antejuicio en su contra, y al segundo se le impidió participar por la misma razón y por una solicitud de extradición de Estados Unidos, por cargos relacionados con el narcotráfico.

MOE-Gt afirma que en contraste, han sido registrados candidatos con solicitud de antejuicio, entre estos el diputado Jorge Adolfo de Jesús García Silva, quien es señalado por el Ministerio Público en un hecho de corrupción en el Instituto Nacional de Sismología, Vulcanología, Meteorología e Hidrología.

 

 

También está el caso del alcalde de Ipala, Chiquimula, Esduin Jerson Javier Javier, -Tres Kiebres- quien es investigado por su posible vinculación con una estructura criminal dedicada al narcotráfico y otros ilícitos.

“Las actuaciones y decisiones del TSE, al ser el más alto tribunal electoral del país, deben incluir un análisis sobre la presunta sustentación o, por el contrario, el carácter espurio o político de los señalamientos que se presentan en contra de algún candidato, incluso si se hace ante autoridades administrativas como la Contraloría General de Cuentas o judiciales, como puede ser la presentación de denuncias o solicitudes de antejuicio que no responden a conductas delictivas sino a intenciones frívolas para truncar y limitar la competencia electoral”, se lee en el comunicado.

Puntualiza que la ausencia de esos análisis y “el uso de criterios diferenciados, discrecionales e inconsistentes aumentan el escepticismo hacia el proceso electoral y ponen en duda la independencia y ecuanimidad del TSE para llevar a cabo un proceso legal y legítimo”.

Urge revisar y analizar criterios

“Lamentablemente, el TSE no reglamentó oportunamente los criterios para resolver situaciones como las indicadas. Por ello, urgimos a los y las magistradas del TSE a revisar y analizar las decisiones del Registro de Ciudadanos y las propias, para cumplir adecuadamente con la responsabilidad constitucional que le corresponde, de asegurar la idoneidad de los candidatos y el libre ejercicio del derecho de ser electo de quienes han sido o son víctimas de señalamientos espurios que buscan manipular la competencia electoral”.

Estos son los binomios presidenciales judicializados, según el MOE-Gt y además los candidatos que tienen solicitud de retiro de inmunidad de 2020 a 2023.