Política

Postuladora para elegir magistrados del TSE debería comenzar el 19 de enero, pero no ha sido juramentada

El Cang fue el último en elegir a sus representantes ante la Comisión que postulará a los candidatos para dirigir el Tribunal Supremo Electoral, por los próximos seis años.

Sede del Tribunal Supremo Electoral. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Sede del Tribunal Supremo Electoral. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Con la elección de representantes del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang), del jueves 16 de enero, quedó completa la integración de la comisión que postulará a los aspirantes a magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

La planilla 2 del Cang, Plataforma de Profesionales por la Justicia, ganó la elección con el 53 por ciento de los votos.

Yuri Búcaro y Ninfa Gómez fueron elegidos por sobre la planilla 1, Alianza de Profesionales por la Justicia, que obtuvo el 44 por ciento.

Los abogados son patrocinados por Estuardo Gálvez, exrector de la Universidad de San Carlos (Usac), y Gustavo Bonilla, decano de Derecho de esa casa de estudios.

Actividades

La postuladora debería comenzar sus labores el 19 de enero, para cumplir los plazos establecidos en la ley -60 días antes de que concluya el mandato de los actuales magistrados-, pero no ha sido juramentada por el Congreso, lo cual se espera que ocurra el 21 de enero. El próximo 19 de marzo concluye el periodo de los actuales magistrados del TSE.

A partir de que la comisión esté instalada, esta cuenta con 30 días para enviar una nómina o listado al Congreso de la República con los candidatos a los más altos cargos electorales.

El pleno de diputados, con el voto favorable de las dos terceras partes -107 votos- elegirá a los cinco magistrados titulares y cinco magistrados suplentes, quienes fungirán seis años en sus cargos.

En este sentido, hay dos artículos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos que colisionan entre sí, ya que el artículo 123 (vigente con una reforma del 2004) establece que los magistrados serán electos de una nómina de 40 candidatos y el artículo 141, inciso a, (aprobado en reformas del 2016) establece que será de una lista de 20 candidatos. Por lo que se informó que la Postuladora, al momento que se reúna, deberá establecer cuál adoptará.

El choque de dos artículos positivos en una misma ley se llama antinomia y esta se resolvería adoptando la más reciente, pero será la Comisión la que decida que norma jurídica acepta.

La Ley Electoral y de Partidos Políticos establece la integración de esta comisión.

Integración

  • El rector de la Universidad de San Carlos Guatemala, Murphy Paiz, la preside. Además, Waldemar Nufio Reyes, decano de la facultad de Agronomía de la misma universidad, será su suplente, fue electo por el Consejo Superior Universitario el miércoles 15 de enero.
  • Roberto Moreno Godoy es el titular de los rectores de las universidades privadas y el suplente es Manuel Pérez Lara, rector de la Universidad del Istmo. Esta designación se efectuó el 14 de enero.
  • Yuri Búcaro y Ninfa Gómez serán los representantes, titular y suplente, del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, quienes resultaron electos, en segunda vuelta, el 16 de enero.
  • El decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos, Gustavo Bonilla, y su suplente, el abogado Juan José Bolaños.
  • Juan Carlos Rodil Quintana, decano de la facultad de Derecho Universidad Da Vinci, y Ana Mercedes Suasnávar Palma, decana de la facultad de Derecho Universidad de Occidente, son los representantes, titular y suplente, respectivamente, de todos los decanos de las facultades de Ciencias Jurídicas y Sociales de las universidades privadas.

El cargo de miembro de la Comisión de Postulación es obligatorio y gratuito.

El secretario de la Comisión será electo en el seno de la misma y esta celebrará sesión permanente mientras dure su función; se reunirá en la sede del Congreso y su sesión será pública.

Por aparte, la Corte Suprema de Justicia proveerá el día de la instalación de la comisión, una lista completa de todos los abogados colegiados activos que satisfagan los requisitos a que se hace relación en el artículo 124 de la Ley Electoral y que se refiere a que los magistrados del TSE deben tener las mismas calidades que corresponden a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia;.

También gozan de las mismas inmunidades y prerrogativas que aquellos y estarán sujetos a iguales responsabilidades. Podrán ser reelectos y no podrán ejercer su profesión, prohibición que no afecta a los miembros suplentes, salvo asuntos referentes a materia electoral. Los miembros propietarios tampoco podrán ser asesores o mandatarios de partidos políticos, comités proformación de los mismos y sus personeros y de cualquier otra organización de carácter político, ni directivos de dichas organizaciones.

Las resoluciones de la comisión se escribirán en el libro que autorizará el presidente del Organismo Legislativo. Las actas deberán ser firmadas por todos los miembros presentes de la comisión. La Comisión se disolverá inmediatamente después de haber entregado al Congreso de la República el acta que contiene la nómina de candidatos a dirigir el TSE.

Rotarán presidencia

A pesar de que esta magistratura (2014-2019) adoptó la rotación de la presidencia, en la próxima se rotará en cinco periodos iguales comenzando por el magistrado de mayor edad y siguiendo en orden descendente de edades. En la primera sesión que el Tribunal Supremo Electoral celebre después de haber sido instalado, procederá a designar al presidente y a establecer el orden de los magistrados vocales conforme a su derecho de asunción a la presidencia.

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