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Audionota | Roberto Molina Barreto: “Acá se le da la razón a quien la tenga, sea quien sea”

El 13 de abril finaliza la presidencia de Roberto Molina Barreto al frente de la Corte de Constitucionalidad (CC) y asumirá la magistrada Dina Ochoa.

El magistrado Roberto Molina Barrientos hizo un balance de primer año de la nueva magistratura constitucional, destacan que rhan emitido fallos independientes y sin sesgos. Fotografía Prensa Libre (María René Barrientos Gaytán).

El magistrado Roberto Molina Barrientos hizo un balance de primer año de la nueva magistratura constitucional, destacan que rhan emitido fallos independientes y sin sesgos. Fotografía Prensa Libre (María René Barrientos Gaytán).

La nueva CC ya está por cumplir su primer año de funciones y fue presidida por el magistrado Roberto Molina Barreto, designado por el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Durante los primeros 12 meses de periodo la CC emitió diversas acciones que validaron reformas legales, modificaron el Código Penal y no otorgaron amparos que buscaban reactivar procesos de antejuicios.

Lo anterior ha hecho que existan opiniones a favor y en contra del trabajo constitucional, que a criterio del presidente saliente ha sido objetivo, sin sesgos ni ningún tipo de presiones políticas.

Ya está por cumplir su año de presidencia en la CC. ¿Qué tipo de Corte recibió y cuál es la Corte de deja?

Yo he sido magistrado en cuatro Cortes, recuerdo en 2016 la Corte que quedó muy balanceada, muy consciente de la finalidad que tiene la CC, y ahora que regresé prácticamente a ser primer presidente de la octava magistratura, si le digo con toda franqueza, encontré una Corte muy deteriorada, muy politizada.

Muy dada a invadir funciones de los organismos del Estado, muy dada a meterse a contiendas ideológicas, empresariales, económicas y sí, creo que recibí una Corte muy cuestionada en el aspecto puramente constitucional

Este año hemos querido rescatar aquella credibilidad que tenía la Corte durante 35 años. Creo sinceramente que lo hemos logrado en buena parte, obviamente usted sabe que este país se mantiene muy conflictivo y de muchos intereses y no dudo que todavía hay parte de la población que sigue desconfiando de la Corte.  

Corte de Constitucionalidad
La Corte de Constitucionalidad es integrada por cinco magistrados titulares y cinco suplentes.

Fue un primer año, de cambios. ¿Cómo ha sido el trabajo con el resto de los magistrados titulares y suplentes?

En esta magistratura pues la única persona que sí tenía experiencia es la magistrada Dina Josefina Ochoa; los nuevos magistrados merecen todo mi respeto pero la jurisdicción constitucional es muy difícil de comprender. 

Nos llevamos de una manera maravillosa, de mucho respeto, pero por supuesto siempre hay discusiones de orden jurídico porque es muy difícil a veces distinguir en donde realmente la Corte tiene competencia y en donde invade competencias de los otros organismos. 

Precisamente la mala costumbre que dejó la séptima magistratura pues como que hubiera tentación de seguirlo haciendo por parte de las siguientes magistraturas, porque se sienten que pueden gobernar y que pueden decidir cuándo no es esa la función de la CC, sino al contrario, dejar que los organismos del Estado hagan lo propio sin que uno tenga que interferir. 

Hace un año ofreció quitar esa percepción que algunos tenían de la CC como una “corte celestial”. ¿Ya no se ve a la CC así?

Yo pienso que sí, porque por lo menos este año que yo he sido presidente le puedo decir primero que somos una Corte absolutamente independiente, no nos hemos sometido ni a las órdenes del capricho de ninguno de los tres poderes del Estado. 

No nos hemos sometido ni a las órdenes ni al menú de ninguna organización gubernamental, no gubernamental o grupos sociales, y hemos cumplido estrictamente lo que nos manda la Constitución Política de la República y la Ley de Amparo, que es de rango constitucional. 

La CC dejó sin efectos amparos que frenaban las reformas a la Ley de Oenegés, recientemente un informe de Amnistía Internacional mencionaba que esa decisión fue desacertada porque es una norma inconstitucional.  ¿Cómo fue el debate para tomar dejar sin efecto los amparos?

Lo que se hizo fue dejar en suspenso temporalmente unas normas en la Ley de Oenegés, pero precisamente porque esta Corte considera que esas normas, como estaban redactadas, atentan contra la Constitución, entonces diferente a pensar de qué nuestra resolución es inconstitucional, la resolución lo que hace es evitar la aplicación de una norma que pueda llegar a ser totalmente inconstitucional. 

Esa es la función de la Corte, si hay una norma de carácter ordinaria como la que usted menciona, que va en contra de los principios constitucionales o de las convenciones internacionales en materia de Derechos Humanos uno la tiene que suspender, entonces es todo lo contrario, la Corte no está para quedar bien con nadie. 

En septiembre del año pasado también declararon con lugar de manera parcial una inconstitucionalidad que presentó el abogado Julio García Merlos que relajó las penas de cárcel para 62 delitos, algo que a juicio de analistas favorece a condenados por corrupción. ¿Puede explicar cómo entendió la CC esta conmuta para darle validez legal?

Primero la Corte no legisla, la Corte lo que hizo en esa resolución es declarar inconstitucional la disposición de una norma ordinaria que prohibía las medidas de poder cumplir esas penas, las penas no fueron modificadas.  

Lo que pasa es que por el derecho de igualdad no puede una legislación, aplicando las normas penales o convencionales, decir al capricho de la norma que unos pueden conmutar sus penas y otros no. 

Porque no hay una proporcionalidad, al contrario, la normativa convencional menciona que debe haber una igualdad de condiciones a aquellos que son condenados por delitos con la misma pena y el Derecho penal moderno no es el carcelero de hace 50 años. 

A la CC se presentan amparos por solicitudes de antejuicio que no pasan en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se tiene la percepción que la CC frena esos antejuicios. ¿Cómo ven esos comentarios ciudadanos?

En los últimos días veo que todos los medios de comunicación dicen que la CC impide la investigación de magistrados que han sido antejuiciados, la CC no resuelve antejuicios, quien resuelve antejuicios con o sin lugar es la CSJ.  

Lo que hace el Ministerio Público es estar inconforme en contra de esas resoluciones y vienen a pedir amparo, lo que ha hecho la Corte es no otorgar el amparo provisional porque no hay ninguna información, ninguna causa para otorgar un amparo provisional, eso no quiere decir que en sentencia pueda otorgársela el amparo al Ministerio Público.

Recientemente la CC no otorgó un amparo al MP con el que buscaba reactivar un antejuicio contra Felipe Alejos, integrante del partido Todos e integra la lista Engel, de EE. UU. por supuestas prácticas de corrupción y antidemocráticas. (Foto Prensa Libre).

El Congreso no ha podido hacer la elección de magistrados a CSJ y Cortes de Apelación, varios diputados mencionan que se debe a un problema legal que dejó la anterior CC. ¿Han ingresado acciones legales para resolver este tema?

No, porque está dotado, o sea, yo le decía al principio que recibí una Corte absolutamente invasiva de las funciones de otros órganos y en efecto, ese es un buen ejemplo, la séptima magistratura emitió una sentencia que está absolutamente firme, que es la que ha impedido elegir a la CSJ desde el 2019.  

¿Entonces, qué más se puede hacer? esperar y encontrar una creatividad institucional que tenga el país para poder desentrampar esta elección, pero esta Corte no puede anular la resolución, no podría anular una sentencia firme. No hay ninguna acción pendiente que resolver. 

Yo esperaría que en algún momento ideal políticamente las instituciones del Estado encargadas se sienten a encontrar la forma de cumplir esa sentencia, posiblemente la Corte podría contribuir en algo, en orientar a través de una consulta que se le pudiera hacer para buscar una forma.

En octubre de 2022 la CSJ estará cumpliendo tres años de retraso para el nombramiento de los nuevos magistrados. Fotografía: Prensa Libre.

Esta semana se conoce que la CC ordena repetir la elección de magistrado titular designado por el CSU  de la USAC. ¿La CC no estaba de acuerdo con la designación de Gloria Porras?

No es la CC la que no está de acuerdo con la designación de Gloria Porras es la Ley de Amparo y Exhibición Personal la que prohíbe haberla elegido como la eligieron, obviamente la CC cuando es requerida, porque no es de oficio, lo que hace es revisar el procedimiento que tuvo el Consejo Superior  Universitario (CSU) y el CSU informó a la Corte la forma en que fue electa.  

Y es precisamente en contravención a la ley constitucional de amparo que dice como el CSU debe elegir a sus representantes, lo dice claramente que debe ser en voto secreto y dice claramente que debe ser preferentemente con experiencia de docente. 

Muchos creen que decir preferentemente es si les da la gana, no, es obligación del CSU elegir a alguien que es docente.

Pero si hay docentes están obligados a elegir a un docente, la ex magistrada Gloria Porras no lo era y fue electa en forma pública y eso lo informa el propio CSU, por lo cual está viciado su elección y la Corte lo único que hace es su obligación de decir, bueno, si en efecto fue electa en forma inconstitucional y por eso debe repetir el procedimiento.

Pero algo muy importante, porque yo sé que la inconformidad ahora porque hablan que el suplente fue electo en la misma manera, y no tengo duda de que fue así, sin embargo a él nunca lo impugnaron y aquí aclaro, la Corte no resuelve de oficio. 

Gloria Porras había sido designada para un nuevo período en la Corte de Constitucionalidad por decisión del Consejo Superior Universitario de la Usac. (Foto: Hemeroteca PL).

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La presidencia constitucional es tan solo de un año. ¿Qué quiso hacer en estos 12 meses y quedará como un proyecto inconcluso?

Yo lo que siempre he querido es que deje de haber abuso del amparo y para eso he bregado mucho porque se suspendan amparos o se nieguen una manera expedita. El 80% de los amparos que presentan aquí son improcedentes, son retardatorios, son espurios. 

Pero no lo hace solo los abogados también lo hace la SAT, el Ministerio Público, la Procuraduría General de la Nación. El amparo está para proteger al ciudadano de los abusos de poder, ahora son las instituciones del Estado las que vienen a pedir amparo después de perder todo el debido proceso.  

Si alguna frustración tengo yo es porque no ha habido cultura en el gremio de abogados institucionales o de litigio libre, de que no hay que utilizar el amparo para entorpecer la justicia en Guatemala.

¿Cuáles son esos grandes temas pendientes que dejara a la próxima presidencia de la CC y a los que se debe poner atención en el próximo año?

Pues realmente demostrarle a la población de que esta Corte es absolutamente independiente, que no está al servicio ni al menú de ninguno de los tres poderes del Estado, ni a favor de ningún grupo de la sociedad civil. 

Hay percepción de que antes esta Corte estaba al servicio de Hellen Mack y ahora la percepción es que está al servicio de Fundación Contra el Terrorismo, ninguna de estas situaciones es cierta, acá se le da la razón a quien la tenga sea quien sea, pero no por capricho o al menú, ni mucho menos por sesgo.

Corte de Constitucionalidad en al audiencia donde respondió a las consultas que hizo el presidente Giammattei en relación a las citaciones de funcionarios al Congreso. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González).

A la nueva presidenta, Dina Ochoa, le toca presidir una CC en medio de un proceso electoral ¿Qué papel cree que va a jugar la CC para las elecciones generales del 2023 y cómo garantizar a la población la imparcialidad de los magistrados?

Mire el tribunal encargado del proceso electoral no es la CC, es el Tribunal Supremo Electoral, la CC no debe intervenir y mucho menos para interferir en la democracia.

La séptima magistratura descalificó en forma arbitraria candidaturas, descalificó procedimientos invadiendo las funciones de otros organismos, lo único que debe hacer la CC, si es requerida, es velar por el debido proceso electoral y no impedir la democracia y que sea el pueblo quien elija.

Por supuesto que no se puede permitir candidaturas que realmente tengan elementos para poder tener prohibición de participar, pero no en una manera caprichosa o violando Derechos Humanos, descalificando candidatos para favorecer a otros. 

Pero lo que tiene que haber es tolerancia de que esta Corte no puede resolver a favor o en contra de intereses sectarios, sino que únicamente cumplir con su función de respaldar el orden constitucional.

La magistrada Dina Ochoa será la presidenta de la Corte de Constitucionalidad para el periodo 2022-2023. Fotografía: Prensa Libre.

En una entrevista difícilmente se puedan abordar todos los temas que tocó la CC en un año. ¿Hay algo que le gustaría agregar?

Yo esperaría que mi colega Dina Josefina Ochoa, a quien respeto y tiene mucha experiencia judicial de muchos años, realmente pueda seguir representando este ente haciendo valer a la población esa independencia. 

No puede haber justicia, no puede haber estado de Derecho si no hay absoluta independencia, no dejarse cooptar por nadie, aquí es válido y doctrinalmente lo que se llama el principio de ingratitud. 

Fuimos electos por algunos organismos, pero eso no significa que esos órganos designantes nos puedan sesgar a resolver a favor o en contra de ellos o de otros organismos, se rompe el cordón umbilical para que nosotros los magistrados en forma independiente e imparcial, resolvamos. 

ESCRITO POR:

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de expreiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.