COMUNITARIO
IUSI: Mientras Arévalo evalúa decreto, diputado explica cómo podría corregir posibles vacíos
El Congreso admite que podría modificar nuevamente el IUSI si surgen problemas de interpretación durante la aplicación de la reforma.
El presidente Bernardo Arévalo aún analiza si sanciona o veta el Decreto 18-2026, Reformas al IUSI, mientras diputado explica que podrían corregir mediante otra reforma los vacíos que surjan en la aplicación del IUSI. (Foto, Prensa Libre: ShutterStock)
El decreto 18-2026, que reforma la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI), aún está pendiente de la decisión del presidente Bernardo Arévalo, quien debe determinar si lo sanciona o lo veta.
El mandatario explicó, durante la conferencia de prensa La Ronda del 10 de agosto, que el decreto llegó al despacho presidencial el 7 de agosto y que actualmente está bajo análisis. La revisión, dijo, incluye aspectos técnicos y políticos para establecer si la reforma responde a una necesidad de la población.
“Se tiene que ver si efectivamente la legislación responde a un genuino interés en atender un problema o una necesidad del pueblo guatemalteco o responde a una política electorera”, afirmó.
Icefi señala vacíos en la reforma al IUSI
El Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) coincide en que era necesario actualizar la legislación del IUSI. Entre los problemas que identificó están la desactualización de los rangos de valor de los inmuebles, las dificultades de algunos contribuyentes para cumplir con el impuesto y los posibles abusos de municipalidades contra vecinos morosos.
El cuestionamiento del instituto no está en la necesidad de reformar la ley, sino en cómo se plantearon los cambios en el decreto 18-2026.
Analistas en materia económica y municipal también han advertido que la reforma pudo haber requerido un análisis técnico más amplio y definiciones más precisas.
Uno de los puntos señalados es que el decreto no establece con suficiente claridad algunos conceptos que serán determinantes para su aplicación, como qué debe entenderse por vivienda, entre otros términos.
También se ha planteado una diferencia jurídica entre establecer una carga tributaria de cero y conceder una exención, conceptos que no necesariamente producen los mismos efectos.
Congreso admite que podría modificar otra vez la ley
El primer secretario de la Junta Directiva del Congreso, Juan Carlos Rivera, uno de los ponentes de las iniciativas que dieron origen a la reforma, reconoció que el Legislativo podría volver a intervenir si la aplicación del decreto genera problemas de interpretación.
Rivera defiende que el texto aprobado es claro y rechaza que carezca de sustento técnico. Sin embargo, al referirse al análisis elaborado por Icefi, admitió que algunas disposiciones podrían revisarse posteriormente.
Incluso, el diputado Rivera calificó el documento de Icefi como “un buen análisis”, aunque aclaró que no comparte algunas de sus conclusiones.
“Una vez esté vigente el decreto, si hay municipalidades que realicen alguna mala interpretación de la ley con sus reglamentos o lo están complicando, pues podríamos nosotros legislar para mejorar esas definiciones”, afirmó a Prensa Libre.
Rivera agregó que algunas de las definiciones cuestionadas podrían ampliarse o aclararse si la aplicación de la normativa demuestra que es necesario hacerlo.
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El límite de los reglamentos municipales
Una de las dudas que plantea la reforma es hasta dónde pueden llegar las municipalidades al momento de elaborar o modificar sus reglamentos para aplicar las nuevas disposiciones.
Rivera explicó que las comunas pueden adecuar sus reglamentos y procedimientos, pero reconoció que existe un límite: un reglamento municipal no puede contradecir lo establecido en una ley aprobada por el Congreso.
Este punto también ha sido abordado por Ricardo Barrientos, director ejecutivo de Icefi, y Luis Linares, exministro de Trabajo y Previsión Social y analista de asuntos municipales.
Ambos coinciden en que un reglamento puede desarrollar los procedimientos necesarios para aplicar una ley, pero no debería utilizarse para llenar vacíos sobre aspectos que el Congreso no definió.
Linares cuestionó la práctica de dejar en los reglamentos asuntos que, a su criterio, deberían quedar establecidos directamente en la ley. Esto, explicó, puede ampliar el margen de interpretación de las autoridades encargadas de aplicarla.
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Barrientos también ha advertido que la precisión es especialmente importante en una ley tributaria, porque esta establece obligaciones para los contribuyentes.
Una disposición ambigua, explicó, puede provocar que una municipalidad y un propietario interpreten de distinta manera una misma norma y que esa diferencia termine en una controversia.
Congreso no solicitó estudios a la SAT ni a Finanzas
El diputado Rivera confirmó que el Congreso no solicitó estudios a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ni al Ministerio de Finanzas Públicas durante la elaboración de la reforma, dado que, según argumentó la SAT no administra el IUSI y que Finanzas tampoco gestiona directamente ese impuesto, debido a que se trata de un ingreso municipal.
Según Rivera, sí fueron convocadas la Municipalidad de Guatemala y la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam). Sin embargo, aseguró que las entidades no entregaron las corridas financieras que les fueron solicitadas.
El legislador sostuvo que la falta de esos estudios no significa que el decreto carezca de sustento técnico. Explicó que la iniciativa tomó como referencia un ejercicio de derecho comparado internacional y recordó que el Congreso tiene la facultad constitucional de legislar.
Expertos consideran que ahora debe esperarse la decisión presidencial
Otros expertos en política pública consultados por Prensa Libre consideran que, antes de anticipar cambios adicionales, es necesario esperar la decisión del presidente de la República sobre el decreto 18-2026.
La reforma todavía no está vigente. Por ello, consideran que será necesario conocer primero si Arévalo decide sancionar o vetar el decreto y, en caso de que entre en vigor, observar cómo será aplicado por las municipalidades.


