Economía

Reglamento sobre bioseguridad aún no logra consenso

La discusión para un reglamento sobre bioseguridad de organismos genéticamente modificados (Organismos Vivos Modificados, OVM) despertó el debate entre diversos sectores acerca de la importancia de prohibir la introducción de estos en áreas protegidas del país y en contacto con especies nativas.

El reglamento debe proteger y registrar los cultivos nativos del país, dicen ambientalistas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El reglamento debe proteger y registrar los cultivos nativos del país, dicen ambientalistas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Un OVM es una planta, animal, hongo o bacteria a la que se le han agregado, por ingeniería genética, uno o unos pocos genes, con el fin de producir proteínas de interés industrial o bien mejorar ciertos rasgos, como la resistencia a plagas, la calidad nutricional o la tolerancia a heladas, entre otras características.

El reglamento, redactado por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Conap), es un compromiso del Estado de Guatemala con la implementación del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología.

Sin acuerdo

Marco Cerezo Blandón, presidente de la Asociación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente (Asorema), manifestó su rechazo a aprobar el reglamento sin una amplia consulta con todos los actores involucrados, entre ellos representantes de pueblos indígenas y productores orgánicos, “dado que las posibilidades de exportación de productos orgánicos hacia Europa podría ser afectada si se introducen OVM en el país”, aseguró.


Para Cerezo, el reglamento deja abierta la puerta a que puedan introducirse OVM sin restricción, por lo que Asorema solicitó que se incluya claramente la prohibición en áreas protegidas del país y en las regiones de origen de las especies nativas de donde provienen maíz, aguacate y chile, entre otros cultivos criollos.

Gustavo Rivas, secretario de la Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos, opinó que están a favor del reglamento, porque mejoraría los rendimientos de los cultivos al utilizar maíz genéticamente modificado.

Diana Monroy, asesora jurídica del Conap, afirmó que el reglamento no significa la legalización de las actividades, “sino que establece procedimientos administrativos para conocer las solicitudes que hagan particulares”, explicó la asesora.

Monroy aseguró que las solicitudes deben acompañarse de requisitos y son procedentes o no de acuerdo al cumplimiento de su evaluación técnica y legal.

La jurista aseguró que “este reglamento no desarrolla lo relativo al Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, denominado, contra toda técnica legislativa, como Ley Monsanto”, puntualizó Monroy.

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