En la resolución de la CC se le ordena a ministro de Gobernación, ministro de la Defensa Nacional, fiscal general, director general de la Policía Nacional Civil y al procurador de los Derechos Humanos garantizar dicho derecho.
“Este Tribunal resolvió decretar amparo provisional, precisando como efectos positivos de tal protección, en otros, que se dicten y ejecuten las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de manifestación, así como la libertad de pensamiento”, informó la CC en un comunicado.
Añade que “se asuman acciones en las que, a la vez que se garanticen los derechos antes relacionados, también se observen los derechos de todas las personas en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad”.
Por lo anterior se ordena que “se coordinen e implementen acciones tendientes a garantizar que los guatemaltecos realicen sus actividades diarias, sin que resulten afectados por el ejercicio del derecho de manifestación”.
Agrega que “este Tribunal conmina a gobernantes y gobernados a observar y acatar el presente pronunciamiento de forma tal que se garantice el pleno respeto de los derechos de las personas, consagrados en la Constitución Política de la República de Guatemala”.
En tanto, la resolución de la CC dice: “Resolviendo la petición que al respecto formuló en el escrito inicial de la presente garantía constitucional la postulante del amparo y en virtud de que, a juicio de esta Corte, las circunstancias lo hacen aconsejable y porque se dan los supuestos que prevé el artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, a prevención se otorga el amparo provisional solicitado”.
Agrega que “para los efectos positivos de la protección temporal que se concede, se ordena a las autoridades denunciadas que, en el presente caso, así como en toda ocasión en las que se anuncie el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación pública, como mínimo, procedan conforme las directrices siguientes:”
- Dicten y ejecuten las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de manifestación, así como la libertad de pensamiento
- Asuman acciones en las que, a la vez que se garanticen los derechos antes relacionados, también se observen los derechos de todas las personas, en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad.
- En caso de manifestaciones en calles y carreteras, coordinen e implementen acciones tendientes a garantizar que los guatemaltecos realicen sus actividades diarias, sin que resulten afectados por el ejercicio del derecho de manifestación, debiendo en caso de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas, ello para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad, el acceso a servicios de transporte comercial y de las personas, principalmente deben velar por el libre tránsito de cuerpos de socorro y de las fuerza de seguridad; así como garantizar el funcionamiento de aeropuertos, aduanas, terminales de carga y descarga de mercancías.
- Preservar el orden público, con elementos de las fuerzas de seguridad, debidamente uniformados
- Se reitera que la fuerza pública podrá utilizarse cuando sea absolutamente necesario y en casos excepcionales; es decir, cuando la reunión como tal o manifestación ya no sean pacíficas o si hay indicios claros de amenaza inminente de violencia grave que no se pueda abordar razonablemente con medidas más proporcionadas. Podrán, para mantener el orden y la seguridad, dispersar la reunión cuando ésta cause gran perturbación, como el bloqueo prolongado del tráfico, y la perturbación sea grave y sostenida.
- En cuanto al uso de armas, estas deben ser las menos letales y siempre hacer todos los esfuerzos razonables para limitar riesgos a la seguridad física de la persona. Además, esas armas solo se deberán utilizar como último recurso, tras una advertencia verbal y dando a los participantes en la reunión (manifestación) la oportunidad de dispersarse
- La fuerza pública, si bien es una posibilidad, debe acudirse a ello cuando las circunstancias excepcionales así lo impongan, observando siempre los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, precaución y no discriminación, con miras a garantizar la preservación de la paz y la seguridad de todos los habitantes.
“En caso de incumplimiento de lo ordenado, las autoridades contra las que se promovió el amparo incurrirán en las responsabilidades que prevé la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad”, detalla la resolución.
Protestas y bloqueos
Guatemala paralizó este martes sus actividades, por segundo día consecutivo, debido al bloqueo de más de cien carreteras por manifestantes que exigen la dimisión de la fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), Consuelo Porras Argueta.
El país se mantiene detenido en gran parte de su territorio, pese a que el presidente Alejandro Giammattei advirtió el lunes por la noche que se arrestaría a los líderes de las protestas y se despejarían las carreteras.
Durante este mediodía, un contingente de la Policía Nacional Civil (PNC) dialogó con manifestantes en una de las principales avenidas de la Ciudad de Guatemala, en busca de que desalojaran la vía.
Sin embargo, los policías empezaron a retroceder con prisa después de que los manifestantes los triplicaran en número y muchos de ellos, en motocicletas, los increparan para que salieran del lugar.
El incidente tuvo lugar en el Periférico, a pocos kilómetros del centro de la capital, donde unos mil manifestantes mantienen el control del paso. Sin embargo, la Policía Nacional Civil podría actuar en cualquier momento.
Las protestas y bloqueos se mantienen con fuerza este martes por noveno día consecutivo desde que empezaron las manifestaciones el pasado 2 de octubre para exigir la dimisión de Porras Argueta.
Con información de EFE