Guatemala

Caso Hugo Girón: por qué la primera declaración fue programada cinco meses después del accidente

La jueza Luisa Aguilar programó para febrero del 2027 la audiencia de primera declaración por la muerte del músico y docente Héctor Hugo Girón.

La resolución de la jueza Luisa Aguilar fija para febrero del 2027 la audiencia de primera declaración de los sindicados por la muerte de Héctor Hugo Girón.

La resolución de la jueza Luisa Aguilar programa para febrero del 2027 la audiencia de primera declaración, más de cinco meses después de la muerte de Héctor Hugo Girón. (Foto Prensa Libre)

La jueza Luisa Marilú Aguilar Alfar, del Juzgado Segundo Pluripersonal de Paz Penal de Guatemala, fijó para el 17 de febrero del 2027 la audiencia de primera declaración de Pablo Andrés Zaldaña Rendón y Roberto Vidal Pérez Tamatzín, sindicados por la posible comisión de homicidio culposo del músico y docente Héctor Hugo Girón Barrientos.

Una resolución del Juzgado Segundo Pluripersonal de Paz Penal del municipio y departamento de Guatemala, fechada el 7 de septiembre del 2026, programó la audiencia para el 17 de febrero del 2027, a las 11 horas.

La jueza también ordenó devolver las licencias de conducir a Zaldaña Rendón y Pérez Tamatzín y estableció que deberán presentarlas nuevamente cuando comparezcan a la audiencia.

El accidente ocurrió la noche del 3 de septiembre del 2026, en la Sexta Avenida y 8a. calle de la zona 9. Girón Barrientos conducía una motocicleta y en el hecho estuvieron involucrados un automóvil Hyundai Accent y una camioneta Toyota Prado blindada, propiedad del Organismo Judicial (OJ).

La camioneta blindada estaba asignada al magistrado Edwin Estuardo Zaldaña Acevedo y era conducida por su hijo, Pablo Andrés Zaldaña Rendón.

Girón Barrientos sufrió múltiples golpes y fue trasladado al Hospital General San Juan de Dios, donde murió.

Ya tenían arresto domiciliario

El expediente llegó al Juzgado Segundo Pluripersonal de Paz Penal procedente del Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno de Guatemala.

Para entonces, según el documento, Zaldaña Rendón y Pérez Tamatzín ya se encontraban bajo arresto domiciliario.

“En virtud que los sindicados se encuentran bajo el beneficio de arresto domiciliario de conformidad con lo que preceptúa el artículo 264 Bis del Código Procesal Penal”, señala la resolución.

Cuando una persona es detenida bajo señalamiento de algún ilícito penal, suele permanecer en las carceletas del Organismo Judicial por horas o varios días hasta que comparecen ante un juzgado para audiencia de primera declaración.

En ese momento, el Ministerio Público expone los hechos ilícitos que se le atribuyen y un juez determina si la persona enfrenta o no un proceso penal y fija un plazo para que se presenten conclusiones de la investigación.

Sin embargo, el artículo 264 Bis del Código Procesal Penal establece un procedimiento específico para hechos de tránsito. Según esta disposición, los causantes de accidentes de tránsito deben quedar en libertad inmediata bajo arresto domiciliario, medida que puede constituirse mediante un acta levantada por un notario, juez de Paz o jefe de Policía.

Lo que no está regulado es el plazo en que se deben presentar a audiencia de primera declaración.

Cinco meses para la primera declaración

Gerardo Alfonso Zaldaña Acevedo, tío de Zaldaña Rendón, atribuyó la fecha de la audiencia a la mora judicial.

“Existe una mora judicial enorme, el Ministerio Público tiene gran cantidad de expedientes y el juzgado también”, afirmó.

Ocho días para informar de las capturas

Luego del accidente, Zaldaña Rendón y Pérez Tamatzín fueron capturados y trasladados a la Torre de Tribunales por homicidio culposo. El Departamento de Comunicación de la Policía Nacional Civil había afirmado que no contaba con un informe de ese hecho.

Los registros del OJ indican que ambos ingresaron a la Torre de Tribunales a las 23.36 horas del 3 de septiembre del 2026 por homicidio culposo.

Fue hasta el 11 de septiembre, ocho días después del accidente, cuando la PNC informó que Zaldaña Rendón y Pérez Tamatzín habían sido aprehendidos desde la noche del 3.

Gerardo Alfonso Zaldaña Acevedo, tío de Pablo Andrés Zaldaña Rendón, sostuvo que el arresto domiciliario otorgado a su sobrino corresponde a un procedimiento previsto para hechos de tránsito y aseguró que no se trató de un beneficio particular por ser hijo de un magistrado.

Zaldaña Acevedo consideró que el tiempo previo a la primera declaración permite al MP reunir elementos para determinar las responsabilidades.

“En el fondo, da tiempo de recabar la información, de comprobar verídicamente si somos o no somos responsables”, señaló.

Añadió que ese período también puede permitir que las partes lleguen a soluciones alternas antes de comparecer ante el juez.

La familia de Hugo Girón pide justicia

En redes sociales, la familia del músico y docente Héctor Hugo Girón Barrientos pide justicia.

Los familiares han manifestado su intención de continuar con las acciones para establecer las circunstancias del accidente y determinar las responsabilidades.

Un video captado por una cámara de un establecimiento cercano muestra el momento del accidente en la zona 9 en el que murió Girón Barrientos.

Zaldaña Acevedo dijo que su sobrino intentó frenar la camioneta blindada del OJ, pero se pasó el semáforo y posteriormente ocurrió la colisión.

“Estos vehículos tienen cierto peso y blindaje, por la inexperiencia del muchacho, pues frena, activa su freno, pero se pasa el semáforo y lamentablemente colisiona”, afirmó.

ESCRITO POR:

Rubén Lacán

Periodista con experiencia en televisión y especializado en temas políticos, comunitarios y sucesos.