Justicia

CC amplía información sobre la denegatoria de amparo al MP y PGN relacionada con dos delitos de Sinibaldi en el caso Arca

Corte de Constitucionalidad amplía información sobre la denegatoria de amparo al MP y PGN relacionada con el proceso penal en contra de Alejanro Sinibaldi en el caso Arca.

|

alejandro sinibaldi caso cooptacion del estado 25 de julio 2023

El exministro de Comunicaciones, Alejandro Sinibaldi fue acusado por cuatro delitos en el caso Arca. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González)

La Corte de Constitucionalidad (CC) amplió información relacionada con la resolución de la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia en la que se declaró la denegatoria de un amparo provisional presentado por el Ministerio Público (MP) y la Procuradoría General de la Nación (PGN) que buscaba revetir  la falta de mérito dictada a favor de Alejandro Sinibaldi en el caso Arca.

El amparo presentado por el MP y PGN buscaba revertir la decisión del juez Cuarto Penal, Pedro Laynez, quien el 15 de octubre de 2020, dictó falta de mérito a favor de Sinibaldi por los delitos de Financiamiento electoral no registrado y Lavado de dinero, dos de los cuatro delitos por los que es señalado en el Caso Arca.

En la apelación se reclama que el juez hizo un análisis equivocado sobre el delito de lavado de dinero, ya que, según su interpretación, al no existir el delito de financiamiento electoral no registrado, como un delito precedente, según dijo, “se cae” el delito de Lavado de dinero u otros activos.

La CC se refirió al respecto e informó que se confirmaba la denegatoria del amapro provisional que anteriormente ya había rechazado la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia.  “En apelación y con copia de la pieza de amparo de primer grado, se examina el auto de veintiséis de julio de dos mil veintidós, dictado por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y Antejuicio, en cuyo numeral III) denegó la protección interina solicitada”, dice el expediente de la CC, de fecha 19 de junio de 2023.

 

 

Además, la CC en el expediente emitido informa que  se advierte que el pronunciamiento impugnado ya había sido “objeto de análisis por parte de este Tribunal en el auto de catorce de noviembre de dos mil veintidós, dictado dentro del expediente 5551-2022”.

“Al advertirse que la decisión relativa a la denegatoria del amparo provisional ya fue analizada por esta Corte, este Tribunal reitera el criterio vertido en el auto de catorce de noviembre de dos mil veintidós, emitido dentro del expediente 5551-2022, en el que se confirmó el numeral III) del auto apelado, confirmándose la denegatoria del amparo provisional solicitado”, se lee en la resolución de la CC.

Posteriormente, la CC emitió un comunicado el 26 de julio en el que informó que “la resolución que se pronuncia sobre el amparo provisional es TEMPORAL, no resuelve en definitiva los amparos, ni conlleva la no persecución penal de personal alguna, pues tal decisión compete a los tribunales penales que han de finalizar el proceso para decidir la situación del sindicado”, se lee en el documento.

“La resolución que deniega el amparo provisional NO ORDENA el fin del proceso penal, ello porque el Tribunal de Amparo no sustituye a los jueces ordinarios que son los que deben decidir, en el transcurso del proceso, si procede realizar otras diligencias y accionar nuevamente”, dice el comunicado.

Durante el proceso judicial, el MP acusó al exministro de Comunicaciones por el desfalco de Q26.1 millones del Banco de los Trabajadores (Bantrab), dinero que habría sido desviado a la entidad Estrategias e Inversiones (Arca) para la campaña del Partido Patriota (PP).

Según la fiscalía, el desvío de fondos habría alcanzado en su momento a otros políticos como Manuel Baldizón, Sandra Torres, Álvaro Colom y Otto Pérez Molina.

La resolución a favor de Sinibaldi se emite luego de que el 20 de julio de 2023, el Juzgado de Mayor Riesgo D, a cargo del juez Juan José Jiménez Texaj, cerrara también la investigación en contra de Sinibaldi en el caso Odebrecht al decretar el sobreseimiento.

Con esta resolución, el exministro se libró de enfrentar juicio por este caso y quedaron sin efecto las acusaciones en su contra por los delitos de lavado de dinero y cohecho pasivo.

El fallo tuvo lugar luego de que quedaron sin efecto los acuerdos de colaboración eficaz que sustentaban la acusación contra el exministro.

La anulación de los acuerdos de colaboración eficaz en el caso Odebrecht fue una resolución emitida por una Sala de Apelaciones en junio de 2022.

Audiencia en caso Cooptación del Estado

Este martes 25 de julio se desarrolló una audiencia de etapa intermedia por el caso Cooptación del Estado, en la que el MP solicitó que Sinibaldi sea enviado a juicio señalado por los delitos de asociación ilícita y lavado de dinero.

Sin embargo, la diligencia se aplazó y se fijó una nueva audiencia para determinar si Sinibaldi deberá enfrentar o no juicio por este caso.

Además de estos tres casos, el exministro también está acusado en el presunto caso de corrupción Transurbano.