Estas personas fueron advertidas por el Registro de Ciudadanos por violar el artículo 94 bis de la Ley Electoral, que prohíbe la promoción de la imagen antes de la convocatoria a elecciones, pero fueron reincidentes informó Leopoldo Guerra, director del Registro de Ciudadanos.
Entre los inhabilitados está el exalcalde de San Pedro Carchá, Alta Verapaz, Víctor Hugo Cifuentes; el excandidato a alcalde de Fraijanes, Guatemala, Moisés Escobar y el exalcalde de Mazatenango, Suchitepéquez, Manuel de Jesús Delgado.
Las otras seis personas todavía están pendientes de ser notificadas, por lo que Guerra no informó la identidad de los sancionados. De los ya notificados, dos casos están en apelación en el pleno de magistrados del TSE, quienes aún no resuelven.
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Guerra indicó que hasta ahora van 100 expedientes tramitados, de los cuales 15 fueron archivados porque después de la investigación se determinó que no existió violación del artículo 94 bis. Además, hay otros 50 expedientes que están en trámite de advertencia, explicó el registrador.
Guerra dijo que en la mayoría de los casos la promoción de la imagen se hace a través de las redes sociales.
Partidos sancionados
El TSE también informó que el partido político Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG), recibió una amonestación verbal, mientras que los partidos Todos y Convergencia fueron sancionados con una multa cuyo monto se dará a conocer cuando estén notificados.
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Estos partidos son parte de los nueve que fueron auditados por problemas con el financiamiento electoral, es decir que no rindieron informe de sus finanzas, sin embargo, aclaró Guerra, no están en procesos de cancelación.
Los otros seis partidos auditados y a quienes sí se les comenzó proceso de cancelación, son FCN, que está suspendido por un amparo interpuesto; Encuentro por Guatemala, Unión del Cambio Nacional, Visión con Valores, Compromiso Renovación y Orden y el Partido de Avanzada Nacional.
Alcaldes pueden participar
El Registro de Ciudadanos también aclaró que los alcaldes que deseen postularse a diputados en las próximas elecciones pueden participar sin tener que renunciar al cargo, esto debido a que había confusión con el artículo 164 de la Constitución.
Dicho artículo indica que los funcionarios de los organismos Ejecutivo y Judicial no pueden participar en el mismo distrito en el que ejercieron funciones.
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