COMUNITARIO
Construcciones cerca del AeroMetro: qué distancias deberán respetar y qué requisitos deberán cumplir
El nuevo reglamento establece restricciones para construcciones actuales y futuras cercanas al AeroMetro y fija un trámite antes de obtener una licencia de obra.
Este 7 de octubre la Municipalidad de Guatemala publicó un acuerdo en donde se detalla que la ruta del AeroMetro estará sujeta a una franja de seguridad que establece distancias mínimas para construcciones, estructuras y otros elementos cercanos a su recorrido. (Foto, Prensa Libre: cortesía Municipalidad de Guatemala)
Este 7 de octubre, se publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo COM-31-2026 de la Municipalidad de Guatemala que establece nuevas reglas para los inmuebles ubicados junto a la ruta del AeroMetro, el primer sistema de transporte público masivo de pasajeros por cable aéreo tipo teleférico en Guatemala.
El reglamento crea una franja de seguridad permanente que limita determinadas alturas y establece una evaluación técnica obligatoria para las nuevas construcciones.
Pero, ¿qué significa esto para una persona que ya tiene una propiedad cerca de la ruta o para quien planea construir, ampliar o instalar una estructura en esa zona?
LECTURAS RELACIONADAS
¿Las construcciones actuales tendrán que modificarse?
El artículo 4 establece que las estructuras, instalaciones y obras colindantes con la ruta del AeroMetro quedan afectas de forma permanente a la Franja de Seguridad o Resguardo. Esto permite a la Municipalidad restringir la altura urbanística de aquellos inmuebles cuyas estructuras interfieran con el espacio requerido para el movimiento de las cabinas.
Por lo tanto, el punto que deberá determinarse en cada caso es si la construcción interfiere con el barrido cinemático y las distancias de seguridad establecidas para el sistema.
La normativa no señala en el artículo 4 que todos los inmuebles existentes deban ser demolidos, retirados o reducidos de altura por el solo hecho de encontrarse cerca de la ruta.
Por lo tanto, no todas las edificaciones existentes deberán ser modificadas automáticamente por encontrarse cerca de la ruta. La necesidad de realizar ajustes dependerá de si la estructura interfiere con la Franja de Seguridad, el barrido cinemático y las distancias mínimas establecidas.
Prensa Libre consultó a las autoridades si durante las inspecciones realizadas ya se han identificado viviendas u otras construcciones que deban ser modificadas, pero al cierre de esta nota no se había obtenido respuesta.
¿Qué tan cerca puede estar una construcción?
El artículo 5 establece las distancias mínimas que deberán respetarse tomando como referencia el punto máximo de oscilación de las cabinas.

En sentido horizontal, se establece un mínimo de:
- 1.5 metros entre la cabina y una edificación, objeto o estructura fija en zonas no accesibles.
- 2.5 metros cuando se trate de zonas accesibles al público.
En sentido vertical, el reglamento establece:
- 1.5 metros respecto del terreno, edificaciones o estructuras fijas no accesibles.
- 4 metros en superficies accesibles.
- 1 metro respecto del límite máximo permitido para vehículos en las vías de circulación.
Esto significa que la distancia no se determina simplemente midiendo desde el límite de un terreno hasta la futura línea del AeroMetro. La evaluación debe considerar el espacio tridimensional que ocuparán los cables, pilonas y cabinas, incluyendo la oscilación de estas.

¿Qué debe hacer quien quiera construir?
Para una obra nueva ubicada junto a la ruta del AeroMetro, el trámite tendrá un requisito adicional, según lo detalla el Acuerdo municipal.
El artículo 8 establece que, antes de obtener la Licencia de Construcción, el proyecto deberá contar con un dictamen de resguardo emitido por la Inspección Municipal del Sistema AeroMetro (IMSA).
En otras palabras, tener un proyecto aprobado arquitectónicamente no será suficiente si el inmueble está dentro del ámbito de aplicación de la franja de seguridad.
La Dirección de Control Territorial deberá verificar, cuando se presente el expediente para solicitar la licencia, si el inmueble colinda con la ruta del AeroMetro. Si corresponde, solicitará a la IMSA el análisis técnico.
¿Cuánto tardará la evaluación?
El tiempo de este nuevo procedimiento, está detallado en el artículo 9. La IMSA tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para emitir su dictamen después de realizar el análisis técnico.
Y según el mismo acuerdo, existirán tres tipos de resultados:
- Favorable: el proyecto respeta las distancias de seguridad y la altura urbanística.
- Condicionado: el proyecto requiere cambios, como modificaciones en el diseño, retranqueos o una reducción de altura.
- Desfavorable: la obra invade la franja de seguridad o compromete la oscilación y estabilidad de las cabinas.
Con base en este dictamen la Dirección de Control Territorial únicamente podrá emitir la Licencia de Obra cuando exista un dictamen técnico favorable de la IMSA.
Por ello, para una persona que esté planificando una construcción en esta zona, el análisis de la franja de seguridad deberá considerarse antes de definir el diseño final del proyecto.
Toldo, valla o estructura frente al inmueble
El reglamento también contempla elementos que actualmente ocupan la vía pública. El artículo 6 ordena retirar aquellos elementos que interfieran con la franja de seguridad, entre ellos marquesinas, toldos salientes, vallas, soportes publicitarios, estructuras, instalaciones físicas y elementos decorativos.
El retiro será responsabilidad de quien haya instalado o sea propietario del elemento. Y de acuerdo con el artículo 7, si no se cumple dentro del plazo establecido por la autoridad municipal, la Municipalidad podrá realizar la remoción o demolición de oficio y cobrar los costos al responsable mediante la vía económico-coactiva.
Prensa Libre también cosnultó con las autoridades si las inspecciones ya identificaron obstáculos o estructuras que podrían interferir con la ruta del AeroMetro y que deban ser retirados o modificados. Sin embargo, al cierre de esta nota no se había obtenido información al respecto.
¿Qué pasa si alguien construye sin respetar la franja?
El artículo 10 establece que una construcción ejecutada en contravención del dictamen de la IMSA e invasora de la franja de seguridad será considerada ilegal.
La Municipalidad podrá ordenar su paralización inmediata y demolición a costa del infractor.
Además, el artículo 11 establece que las infracciones serán sancionadas por el Juzgado de Asuntos Municipales, conforme al Código Municipal y al Plan de Ordenamiento Territorial.
Cual es la ruta del AeroMetro
El reglamento contempla los dos ejes del AeroMetro y en donde se debe considerar la franja de resguardo para los construcciones u objetos que vayan a construirse.
El primero, Trébol-Montúfar, tiene una extensión de 2.1 kilómetros, desde el Puente El Trébol, por el Bulevar Liberación, hasta la 7.ª avenida de la zona 9.
El segundo, Trébol-Molino de las Flores, tiene 6.8 kilómetros. De estos, 4.8 kilómetros corresponden al municipio de Guatemala y 2 kilómetros al municipio de Mixco.
Aunque el propio acuerdo señala que la Municipalidad de Mixco deberá emitir la normativa correspondiente para el tramo ubicado en su jurisdicción.



