La CC detalló que respecto del expediente 5004-2023 “declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Partido Político Movimiento Semilla” y como consecuencia se confirma la resolución del 24 de agosto pasado, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, constituida en Tribunal de Amparo, “mediante la cual dispuso suspender, en definitiva, el trámite de la acción constitucional de amparo promovida”.
“En virtud que esta Corte advierte que el planteamiento realizado no es el correcto, en virtud de no haberse agotado el presupuesto de definitividad, previsto en el artículo 19 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, el cual conlleva la obligación que tiene el postulante de agotar previamente a la presentación del amparo, los recursos contemplados por la legislación que rige el acto reclamado”, dice la CC.
Añade que lo anterior “obedece a razones de certeza jurídica, porque dada la naturaleza subsidiaria y extraordinaria del amparo, no puede constituirse como vía procesal sustitutiva de las vías administrativas o de la jurisdicción ordinarios”.
EN ESTE MOMENTO
La CC agrega que en el presente caso, “el Partido Político Movimiento Semilla acudió directamente en amparo contra el Juez “A” del Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala”, por lo que considera que “el amparista incumplió con el presupuesto procesal de definitividad, puesto que contra la resolución que constituye el acto reclamado el postulante podía interponer el recurso de reposición, el cual resultaría idóneo para impugnar el pronunciamiento por el que el Juez de mérito no admitió para trámite la recusación incoada”.
Juan Gerardo Guerrero, fiscal del Movimiento Semilla, señaló que “hemos presentado varias acciones, entre estos varios amparos, y uno de ellos es este que nos rechazaron en la Sala Primera de la Corte de Apelaciones”.
“Nosotros apelamos ante la Corte de Constitucionalidad y no nos otorgaron este amparo. Tenemos pendientes dos o tres amparos más operativos al mismo tema y en ningún momento la Corte de Constitucionalidad señala que al no otorgarnos el amparo queda suspendido en definitivo el partido político”, dijo Guerrero.
Además, el Movimiento Semilla publicó un comunicado en el que detalla los avances del proceso
“El día 18 de agosto del presente año nos fue notificado que el amparo identificado con el número 2297-2023 de la Corte Suprema de Justicia se otorgó en definitiva a favor del partido político Movimiento Semilla, en el cual se resuelve que debe protegerse el principio de alternabilidad en el ejercicio del cargo y por lo tanto la segunda vuelta electoral, la adjudicación de cargos y la toma de posesión de las autoridades electas debe garantizarse”, dice el documento.
Agrega que “el día de hoy el partido político Movimiento Semilla fue notificado de las sentencias de apelación de amparo número 5004-2023 y 5146-2023, amparos que tenían como pretensión la suspensión de las resoluciones emitidas por el juez séptimo pluripersonal de primera instancia penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente “A” Freddy Raúl Orellana Lemus que deniegan su recusación, así como el recurso de reposición presentados en la carpeta judicial 10179-2023-00231”.
“En ese sentido”, agrega el documento, “hacemos saber que aún existen acciones constitucionales y recursos pendientes por resolver sobre la orden ilegal y arbitraria del juez Orellana que busca suspender la personalidad jurídica del Movimiento Semilla, instrumentalizando en fraude de ley y de forma errónea, anómala y peligrosa la Ley Contra la Delincuencia Organizada”.
Semilla también condena “la filtración hecha al abogado Raúl Falla, quien es integrante de la Fundación Contra el Terrorismo y NO ES PARTE PROCESAL en dichos amparos, quien tuvo acceso a esta resolución antes de que nos notificaran formalmente como partido ya las interpretaciones tendenciosas que hace en redes sociales, sorprendiendo así de mala fe a las personas”.
“El partido político Movimiento Semilla sigue gozando de la protección establecida en la Ley Electoral y de Partidos Políticos y, su personalidad jurídica sigue inscrita y vigente; aunado a ello la protección que el amparo otorgado en definitiva antes mencionado, mantiene vigente la naturaleza jurídica del proceso electoral. Con esto se garantiza que la voluntad del pueblo de Guatemala sea respetada en los términos en los que eligió a sus autoridades”, dice el comunicado.
Otras acciones
Arévalo de León presentó el lunes pasado un recurso ante la Corte Suprema de Justicia para solicitar que se detengan las acciones judiciales de la Fiscalía contra el proceso electoral y agradeció a los miles de ciudadanos que le acompañaron por unirse a “defender la democracia”.
“Nos hemos visto en la necesidad de plantear amparos contra estos funcionarios que han traicionado al país y a su pueblo”, declaró Arévalo de León rodeado de decebas de personas, frente a la Corte Suprema de Justicia.
Arévalo de León, de 64 años, presentó un recurso ante el Supremo para revertir las acciones que la Fiscalía, dirigida por Consuelo Porras y la cúpula de esta entidad, han emprendido contra el proceso electoral en el país.
El presidente electo, que ganó el balotaje por la Presidencia el pasado 20 de agosto, fue acompañado por el equipo jurídico de su partido, el Movimiento Semilla, así como de su compañera de fórmula, Karin Herrera.
En el recurso planteado por Arévalo de León se denuncia, además de a Porras, a los fiscales Rafael Curruchiche, Cinthia Monterroso, Leonor Morales y al juez penal Fredy Orellana, señalándolos de una “indebida y arbitraria interferencia al proceso electoral”.
Con esta acción, Arévalo de León pretende que los magistrados reviertan las acciones judiciales de la Fiscalía, incluido el allanamiento contra una sede del Tribunal Supremo Electoral la semana pasada y la destitución de Porras y los demás funcionarios implicados, en lo que él ha calificado como “un intento de golpe de Estado”, para evitar que tome el poder el próximo 14 de enero.
“En un Estado democrático cuando la ciudadanía habla en las urnas y da un mensaje contundente las instituciones tienen que acatar este mandato, el único soberano es el pueblo”, sentenció Arévalo de León.