Justicia

Corte de Constitucionalidad rechaza apelación de Neto Bran y el MP podrá continuar investigándolo por arrendamiento de inmueble

La Sala Primera de Apelaciones le retiró la inmunidad a Neto Bran por su posible vinculación en un caso de la Fiscalía contra la Corrupción, pero ahora podrá seguir siendo investigado por tres delitos.

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Alcalde de Mixco, Neto Bran. (Foto Prensa Libre: Neto Bran)

Alcalde de Mixco, Neto Bran. (Foto Prensa Libre: Neto Bran)

La Corte de Constitucionalidad (CC), resolvió sin lugar el recurso de apelación que había interpuesto Neto Bran, alcalde de Mixco, contra la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, que le había retirado la inmunidad por su posible vinculación en un caso de corrupción.

Por esa razón, la Fiscalía contra la Corrupción del Ministerio Público (MP), podrá seguir investigando al alcalde Neto Bran, quien es señalado de los delitos de concusión, abuso de autoridad y fraude.

La resolución es de fecha 18 de julio de 2022 y corresponde al expediente 3191-2022.

La Fiscalía solicitó el martes 29 de junio de 2021que se le retirara la inmunidad al alcalde Bran, pues es señalado de incurrir en irregularidades en el arrendamiento de un inmueble para oficinas de la comuna, por un monto de Q176 mil.

Según el MP, existen indicios de los cuales se puede establecer que, en su calidad de alcalde de Mixco, Bran “intervino, posiblemente de forma artificiosa, en procesos de adquisición de servicios mediante contrataciones en arrendamiento de bienes inmuebles en perjuicio de los intereses de la comuna”.

Agrega que se efectuaron erogaciones de fondos públicos de dicha municipalidad por la cantidad de Q176 mil 175.

El jueves 20 de enero de 2022, la Sala Primera de Apelaciones resolvió el retiro de inmunidad del alcalde Neto Bran, por ese caso y el funcionario presentó la apelación en la CC, que finalmente la declaró sin lugar y por eso el MP podrá seguir investigando el caso.

Según el MP, Bran concedió visto bueno en dos escritos emitidos por el director administrativo de la Municipalidad de Mixco, de 8 de mayo de 2016, identificados con los números 30-2016 y 33-2016, los cuales contienen solicitudes dirigidas al director de Compras de la Municipalidad citada sobre la necesidad de iniciar proceso de arrendamiento de nueve apartamentos para utilizarlos como oficinas y 20 parqueos ubicados en 9a. avenida 0-37 de la zona 7 de Mixco.

En la tesis que el MP presentó en el caso en la CC, se detalla que las mencionadas oficinas habrían sido arrendadas para favorecer al director administrativo de la Municipalidad de Mixco, César Augusto Pérez Cáceres, ya que él tiene relación con las entidades Proyectos Viales y Construcciones Habitacionales, Sociedad Anónima y Granos del Pacifico, Sociedad Anónima, propietarias de los inmuebles.

Esto, según el MP, porque los socios accionistas de dichas sociedades son familiares de Pérez Cáceres, quien hasta el 14 de abril de 2016 fungió como representante legal de la segunda entidad mercantil.

Según la apelación presentada por Bran en la CC, “los hechos que se le endilgan son espurios e ilegítimos y que no lo ligan directamente a él en la realización de conductas que, afirma el ente investigador, son delictuosas”.

Agrega que “el mero hecho de haberse realizado un arrendamiento de oficinas y parqueos no es constitutivo de delito y que aquel proceder fue avalado en su momento por la Contraloría General de Cuentas y que, además, tiene su asidero en lograr una mejor atención a los vecinos de la localidad”.