Justicia

Caso Toma de la Usac: Documento de Inacif dice que no se encontró evidencia de que integrantes de Semilla indujeran directamente en estos hechos

Consultado el Ministerio Público sobre el informe de peritaje que circula en redes sociales justificó que la solicitud de retiro de antejuicio contra binomio electo abarca otros delitos.

Estas son las publicaciones por las que el Ministerio Público solicitó retirar la inmunidad al binomio electo y diputados. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Estas son las publicaciones por las que el Ministerio Público solicitó retirar la inmunidad al binomio electo y diputados. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Este domingo 19 de noviembre circularon documentos que indican que el Ministerio Público (MP) le pidió al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) practicar un peritaje sobre las publicaciones que hacía el binomio presidencial y algunos diputados reelectos respecto a la toma del campus central de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac).

El 16 de noviembre pasado, la Fiscalía contra el Patrimonio Cultural de la Nación presentó el caso Toma de la Usac: Botín Político, cuyo juez que autorizó la diligencias fue Víctor Manuel Cruz Rivera.  

Fueron más de 20 órdenes de captura las autorizadas por Cruz Rivera contra estudiantes, decanos, políticos, diputados y el binomio presidencial. Solo capturaron a cuatro personas.

Un día después, la misma Fiscalía presentó las solicitudes de retiro de inmunidad del binomio presidencial y de algunos diputados reelectos y en funciones.

Pero este caso comenzó en julio, paralelo a otros que se desarrollan contra el partido ganador de las elecciones generales, el Movimiento Semilla.

El MP le pidió al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) que practicara un peritaje sobre las publicaciones que hacía el binomio presidencial y los diputados aludidos sobre la elección de rector y la toma de las instalaciones de la Usac.

El 4 de agosto pasado el Inacif remitió los resultados del peritaje realizado al MP, y este se filtró y se hizo público en redes sociales este 19 de noviembre.

El informe concluye que ninguna de las declaraciones vertidas por integrantes de Semilla incidieron de manera directa en la toma de las instalaciones de la universidad estatal.

En uno de los incisos del informe, que fue confirmado por el MP, señala que “no se encontró evidencia concreta con características lingüísticas que connotaran o implicaran que las personas indicadas por la fiscalía indujeran directamente a estudiantes, trabajadores o personas que tienen y/o tenían tomada la Universidad de San Carlos de Guatemala a continuar con la toma de dicho centro de estudios”.

La Fiscalía mostró el pasado 16 de noviembre durante una conferencia de prensa algunas publicaciones que ellos consideraban constitutivas de delito. La mayoría eran publicaciones hechas en la red social X.

Esto ha generado diversos comentarios acerca de que el MP solicitó retirar la inmunidad de los funcionarios, incluido el binomio, a pesar de que no pueden ser investigados antes de que se les retire ese derecho.

Al respecto, el jefe del departamento de prensa e información del MP, Juan Luis Pantaleón, aseguró que “el derecho de antejuicio se ha respetado en todo momento”.

No obstante, aclaró que “dentro del presente proceso existen hechos que al ser analizados permitieron suponer la posible participación de varias personas en los actos investigados”.

 

Añadió que “en todo momento el Ministerio Público, garantizando la objetividad de sus investigaciones y atendiendo al espíritu del derecho de antejuicio, el cual busca evitar acusaciones falsas por razones políticas e ilegítimas”.

Pantaleón justificó su declaración en lo que establece el artículo 293 del Código Procesal Penal:

“Cuando la viabilidad de la persecución penal dependa de un procedimiento previo, el tribunal competente, de oficio, o a petición del Ministerio Público, solicitará el antejuicio a la autoridad que corresponda, con un informe de las razones que justifican el pedido y las actuaciones originales contra el titular de privilegio no se podrán realizar actos que impliquen una persecución penal y sólo se practicarán los de investigación cuya pérdida es de temer y los indispensables para fundar la petición”.

El vocero del MP asegura que todas estas “diligencias previas se llevaron a cabo y permitieran oportunamente fundamentar la solicitud que en derecho corresponde”.

Indicó además que es “importante recalcar que la solicitud de retiro de derecho de antejuicio en relación a dichas personas fue presentada por la posible comisión de diversos delitos, siendo el órgano competente quien decidirá si procede o no e iniciar así las investigaciones”.

“El caso se encuentra debidamente sustentado, por lo que la investigación continuará para dar respuesta oportuna a las victimas, denunciantes y agraviados, quienes están legitimados para obtener una tutela judicial oportuna, ya que a raíz de dicha situación se vieron afectados más de 250 mil estudiantes, entre otros”, puntualizó.

Las órdenes de aprehensión que le autorizó el juez Cruz Rivera al MP son por la “posible comisión de los delitos de usurpación agravada en forma continuada, depredación de bienes culturales en forma continuada, sedición en forma continuada y asociación ilícita”.

ESCRITO POR:

Raúl Barreno Castillo

Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad y justicia con 25 años de experiencia.