efecto tributario
Trabajadores no agrícolas en la capital quedarán afectos al ISR tras aumento al salario mínimo 2026 en Guatemala
Con el aumento al salario mínimo 2026, trabajadores no agrícolas en la capital empiezan a pagar ISR, aunque el pago dependerá de la planilla del IVA, informó la SAT. Le explicamos cuánto y cómo se calcula.
La SAT administra la retención y fiscalización del ISR que deben pagar los trabajadores que superan el ingreso mensual exento establecido en Guatemala. (Foto Prensa Libre: Esbin García)
El aumento al salario mínimo 2026 en Guatemala, aprobado por el Gobierno, no solo implica un mayor ingreso mensual para algunos trabajadores, sino que también puede generar un nuevo efecto tributario: el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Esto ocurre porque la ley establece un límite de ingresos exentos de ese tributo, y cuando el salario mensual supera ese monto, el trabajador queda obligado a tributar, aunque el impuesto que se paga sea bajo.
En el caso del sector no agrícola de la Circunscripción Económica 1, que rige únicamente al departamento de Guatemala, el nuevo salario mínimo rebasa el monto mensual exento, que es de Q4 mil, por lo que algunos empleados pasarán a estar sujetos a retenciones.
El salario para el sector no agrícola en la capital, quedó fijado en Q4 mil 002.28, que sumado a la bonificación de Q250, se eleva a Q4 mil 252.28, luego del aumento del 7.5% recién aprobado por el Gobierno.
Sin embargo, el pago quedará sujeto a la presentación de la planilla del IVA, informó la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
A continuación se presenta un ejemplo práctico, basado en el salario mínimo 2026 para esta actividad, para entender cuándo se paga ISR y cómo se calcula.
Paso 1. Se suman todos los ingresos del año
Primero se toma en cuenta todo lo que el trabajador recibe en un año, no solo el sueldo mensual:
- Sueldo mensual: Q4,002.28 × 12 = Q48,027.36
- Bonificación incentivo: Q250 × 12 = Q3,000
- Bono 14: Q4,002.28
- Aguinaldo: Q4,002.28
Ingreso total anual: Q59,031.92
Paso 2. Se restan los ingresos que no pagan impuesto
La ley establece que el bono 14 y el aguinaldo están exentos de ISR, por lo que no se toman en cuenta para el cálculo:
- Bono 14: Q4,002.28
- Aguinaldo: Q4,002.28
Total exento: Q8,004.56
Paso 3. Se obtiene el ingreso base para el cálculo
Al restar los montos exentos del total anual, queda el ingreso que sí puede ser analizado para efectos de impuestos:
- Q59,031.92 – Q8,004.56 = Q51,027.36
Este monto se conoce como renta neta.
Paso 4. Se aplican los descuentos permitidos por ley
Luego se restan dos descuentos que la ley permite a todos los trabajadores:
- Gastos personales: Q48,000 al año (monto fijo que no necesita comprobantes).
- Aporte al IGSS: Q2,319.72 al año.
Total de descuentos: Q50,319.72
Paso 5. Se determina cuánto dinero sí paga impuesto
Después de restar los descuentos, queda el monto real sobre el que se calcula el ISR:
- Q51,027.36 – Q50,319.72 = Q707.64
Este es el dinero que sí está sujeto a impuesto.
Paso 6. Se calcula el ISR a pagar
Como el monto es bajo, se aplica la tarifa mínima del 5%:
- ISR anual: Q707.64 × 5% = Q35.38
- ISR mensual: Q35.38 ÷ 12 = Q2.95
¿Qué significa este resultado?
- El trabajador sí debe pagar ISR, porque su salario supera el monto exento de Q4 mil mensuales
- Sin embargo, el impuesto mensual es menor a Q3
- El descuento lo hace directamente el empleador y se traslada a la SAT, siendo el monto mensual de Q2.95 que suma anualmente los Q35.38
- La SAT explicó que al presentar la planilla IVA-FEL se puede compensar el ISR retenido, por lo que el monto descontado se devuelve y el pago mensual del impuesto queda en Q0.00.
¿Qué aviso dio la SAT?
La SAT explicó que, al presentar la planilla IVA-FEL (Factura Electrónica en Línea), el monto retenido de ISR, estimado en Q35.38, se acredita o devuelve, por lo que el pago definitivo del impuesto queda en Q0.00.
Por ello, la autoridad tributaria recomienda presentar esta planilla, ya que permite compensar el ISR mensual determinado y recuperar la retención aplicada.
La planilla podrá presentarse en enero de 2027, a través de la Agencia Virtual, por compras de bienes o adquisición de servicios hasta por Q12 mil.
¿Sabías que❓️
— SAT Guatemala (@SATGT) December 20, 2025
Con el aumento al salario mínimo para 2026, la actividad no agrícola del Depto. de Guatemala, no pagará #ISR.
Te explicamos y te damos algunas recomendaciones que debes considerar 👇 pic.twitter.com/7FoDONdxtW
Nota del editor: esta nota se actualizó la mañana del sábado 20 de diciembre del 2025 para ampliar la información sobre la presentación de planilla del IVA.

