Economía

Combustibles: el Congreso aprobó una nueva medida, pero ¿qué pasará con el subsidio?

El Congreso aprobó suspender temporalmente los impuestos a los combustibles, pero el subsidio anterior sigue pendiente. ¿Qué pasa ahora con ambos decretos?

El Congreso aprobó suspender temporalmente los impuestos de los combustibles, pero aún debe resolver qué ocurrirá con el subsidio aprobado previamente. Economistas advierten sobre el costo fiscal de mantener ambos mecanismos.

La nueva medida busca reducir el precio de la gasolina y el diésel mediante la suspensión de impuestos hasta el 31 de diciembre. En cambio, el subsidio anterior, contempla que el Estado destine recursos para apoyar el precio de los combustibles y establece precios de referencia para el consumidor.

Ambos decretos se encuentran en momentos distintos de su trámite.

El nuevo todavía debe superar el plazo para posibles objeciones y pasar al Ejecutivo, mientras que el anterior tiene objeciones pendientes de conocer por el pleno del Congreso. Esto abre distintos escenarios sobre cuál de los dos mecanismos terminará aplicándose.

¿Qué aprobó el Congreso?

Este martes 22 de septiembre, el Congreso aprobó con 148 votos el Decreto 22-2026, que suspende hasta el 31 de diciembre del 2026 el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) para la gasolina superior, regular, el diésel y el gas oil.

La iniciativa estima que, con la suspensión de estos impuestos, el precio podría ubicarse en Q40.66 por galón de diésel, Q32.90 para la gasolina regular y Q34.59 para la gasolina superior.

La medida representa un sacrificio fiscal estimado en Q3 mil 318.4 millones durante el período de vigencia: Q1 mil 332.2 millones por el IDP y Q1 mil 986.2 millones por el IVA.

Pero este decreto todavía no está vigente. Al haber sido aprobado de urgencia nacional, debe cumplirse el plazo de dos días para que los diputados presenten posibles objeciones. Después, continuará su trámite hacia el Organismo Ejecutivo.

¿Qué pasa con el subsidio?

La situación se complica porque el Congreso todavía tiene pendiente el trámite del Decreto 21-2026, aprobado anteriormente para establecer un mecanismo de apoyo a los combustibles y precios de referencia para el consumidor.

Ese decreto recibió objeciones del diputado Allan Rodríguez, por lo que su trámite quedó detenido. El pleno debía conocerlas este martes, pero el punto no pudo continuar porque se rompió el quorum.

El presidente del Congreso, Luis Contreras, indicó que las objeciones serán conocidas en una futura sesión.

Por eso, actualmente hay dos decretos que plantean mecanismos diferentes para reducir el precio de los combustibles.

¿Cuál es la diferencia?

En términos sencillos:

Decreto 21-2026: establece un subsidio con recursos públicos y precios de referencia para el consumidor.

Decreto 22-2026: suspende temporalmente el IVA y el IDP, por lo que el Estado deja de recaudar esos impuestos

La diferencia es importante porque el subsidio implica que el Estado destine recursos para reducir el precio, mientras que la exoneración implica que deje de recibir ingresos tributarios.

Qué dicen los economistas

José Carlos Ortega, director ejecutivo del Instituto de Servicios a la Nación, considera que el procedimiento está incompleto porque el Congreso aprobó la nueva exoneración sin resolver qué ocurrirá con el Decreto 21-2026.

Su preocupación es que ambos mecanismos puedan llegar a estar vigentes al mismo tiempo.

En ese escenario, explica, el Estado podría dejar de recaudar impuestos y, al mismo tiempo, destinar recursos al subsidio. Por ello, considera necesario definir qué ocurrirá con el Decreto 21-2026 antes de que ambos mecanismos puedan operar simultáneamente.

El punto pendiente, entonces, no es únicamente cuál medida reduce más el precio, sino qué mecanismo quedará vigente y cuánto le costará al Estado.

¿Qué se cuestiona?

Pedro Prado, coordinador del Departamento de Investigación y Consultoría Económica de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), también cuestiona la suspensión temporal de los impuestos.

A su criterio, el costo de oportunidad para las finanzas públicas sería elevado. Estima que el sacrificio fiscal de la medida representa aproximadamente 3% del monto total establecido en el convenio entre la SAT y el Ministerio de Finanzas para las metas de recaudación tributaria del 2026.

Prado considera que la exoneración puede convertirse en un “espejismo fiscal”: reduce temporalmente el precio de los combustibles, pero puede generar presión sobre otros rubros del gasto público.

Por ello, plantea que, en lugar de una medida general, el apoyo debería focalizarse en los grupos más vulnerables, particularmente en las familias de menores ingresos.

Sobre el Decreto 21-2026, Prado advierte que mantener abiertos ambos mecanismos representaría, a su juicio, un problema para la disciplina fiscal que ha contribuido a la estabilidad macroeconómica del país durante las últimas décadas.

Su planteamiento es que los diputados dejen una sola de las dos medidas, aunque considera que la opción que finalmente permanezca tampoco sería la ideal.

¿Qué falta ahora?

El escenario queda así:

Decreto 21-2026

  1. Fue aprobado por el Congreso.
  2. Se presentaron objeciones.
  3. El pleno debe conocer y resolver esas objeciones.
  4. Debe definirse si continúa, se modifica o queda sin efecto.

Decreto 22-2026

  1. Fue aprobado por el Congreso este martes 22 de septiembre.
  2. Se abre un plazo de dos días para presentar posibles objeciones.
  3. Superado ese trámite, debe ser trasladado al Ejecutivo.
  4. Si es sancionado y publicado, entrará en vigor.
  5. La suspensión de impuestos estaría vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

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ESCRITO POR:

Sandy Pineda

Periodista de Prensa Libre especializada en política y temas sociales con 7 años de experiencia. Parte del programa International Women's Media Foundation (IWMF) en 2019, y del proyecto Ciclos de Actualización para Periodistas (CAP) 2023.